Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de junio de 2016 /

El Peruano

que se muestra en el anexo 1, que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 027-2016-CG, así como las que se opongan a lo resuelto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Central de Administración y a la Gerencia de Gestión Operativa del Sistema Nacional de Control la realización de las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1398328-1

Aprueban la Estructura de Puestos Clasificados del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 190-2016-CG Lima, 28 de junio de 2016 Visto; la Hoja Informativa Nº 00125-2016-CG/DP emitida por el Departamento de Personal de la Gerencia Central de Administración de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley N° 27785 ­ Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República establece que la Contraloría General es el ente rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; asimismo, el literal a) del artículo 32° de la citada Ley faculta al Contralor General a determinar la organización interna de este Órgano Superior de Control, entre otros; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3042014-CG, se aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 1892016-CG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, modificando la estructura organizacional de este Órgano Superior de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 0282016-CG, se aprobó la Estructura de Puestos Clasificados, el Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE y determinó los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República; Que, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República establecen en su numeral 4.4, literal a) que será necesario aprobar un nuevo Cuadro de Puestos cuando se efectúen modificaciones en el Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en la estructura organizacional; Que, el artículo 43° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, define como trabajadores de confianza a aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección, teniendo acceso en general a información de carácter reservado;

Que, de acuerdo al numeral 2 del artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, el número de empleados de confianza no debe ser mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, de acuerdo al documento del visto, el Departamento de Personal, a efectos de coadyuvar a la implementación y sostenibilidad de la nueva estructura orgánica de la Contraloría General de la República, propone la aprobación de la Estructura de Puestos, el nuevo Cuadro de Puestos y la determinación de los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, dicha unidad orgánica señala que el proceso de aprobación de la Estructura de Puestos, el nuevo Cuadro de Puestos y la determinación de los Puestos de Confianza cumple con los criterios y disposiciones contenidos en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, siendo que, respecto a la determinación de los puestos de confianza se han tenido en cuenta las características previstas en las normas antes citadas; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y de conformidad con los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, aprobados por Resolución de Contraloría N° 304-2014-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Estructura de Puestos Clasificados del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Determinar los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 2 de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 3 de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Central de Administración adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1398329-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundado recurso de apelación y revocan la Res. N° 001-2016-JEE-LC1/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1
RESOLUCIÓN N° 0777-2016-JNE Expediente N° J-2016-01035 LIMA JEE LIMA CENTRO 1 (Expediente N° 00131-2016-032) ELECCIONES GENERALES 2016 - SEGUNDA ELECCIÓN PRESIDENCIAL RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de junio de dos mil dieciséis

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