Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2016 (05/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 5 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas; Que la Sub Gerencia de Depuración de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación, mediante los documentos de vistos, propone la aprobación del documento normativo denominado Directiva DI-367GRI/008 "Rectificación Administrativa de Inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales respecto al dato del estado civil del inscrito", Primera Versión; con la finalidad de mejorar el servicio que brinda; Que en ese contexto, la unidad orgánica indicada precedentemente, precisa que se encuentra vigente la Directiva DI-286-GRI/005 "Rectificación Administrativa de Inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales respecto al Estado Civil del inscrito en el Ex Registro Electoral", Primera Versión, aprobada por Resolución Jefatural N° 906-2010-JNAC/RENIEC (15OCT2010); razón por la cual solicita se deje sin efecto; Que mediante los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, determina que el proyecto de documento normativo propuesto, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC", quinta versión, aprobada por Resolución Secretarial N° 029-2014-SGEN/RENIEC (30MAY2014); Que en virtud a lo establecido en la Directiva DI200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC", quinta versión, aprobada mediante la Resolución Secretarial N° 000029-2014/SGEN/RENIEC (30MAY2014), previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Gerencia de Registros de Identificación, resulta necesario dejar sin efecto la Directiva DI-286-GRI/005 "Rectificación Administrativa de Inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales respecto al Estado Civil del inscrito en el Ex Registro Electoral", Primera Versión, aprobada por Resolución Jefatural N° 906-2010-JNAC/RENIEC (15OCT2010); Que la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, emite opinión favorable con relación a dejar sin efecto la Directiva antes señalada; Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Directiva DI286-GRI/005 "Rectificación Administrativa de Inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales respecto al Estado Civil del inscrito en el Ex Registro Electoral", Primera Versión, aprobada por Resolución Jefatural N° 906-2010-JNAC/RENIEC (15OCT2010). Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión de lo resuelto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe, el texto del documento normativo aprobado en el artículo primero. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1352524-1

Establecen gratuidad de procedimientos de inscripción, duplicado y renovación de DNI para personas con urgencias médicas, y personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 38-2016/JNAC/RENIEC Lima, 4 de marzo de 2016 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000270-2015/ GRIAS/RENIEC (26NOV2015), emitida por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe Nº 000034-2015/GRIAS/SGFI/RENIEC (24NOV2015), emitido por la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 004978-2015/GPP/RENIEC (14DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 004341-2015/GPP/SGP/ RENIEC (11DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000142-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (02DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000049-2016/GRI/SGPI/ RENIEC (19ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación; los Memorandos N° 0001122016/GG/RENIEC (09FEB2016) y N° 000161-2016/ GG/RENIEC (15FEB2016), emitido por la Gerencia General; la Hoja de Elevación N° 000075-2015/GAJ/ SGAJR/RENIEC (16DIC2015) y los Informes Nº 0000442016/GAJ/SGAJR/RENIEC (11FEB2016) y N° 0000562016/GAJ/SGAJR/RENIEC (18FEB2016), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000814-2015/GAJ/RENIEC (16DIC2015), N° 0000742016/GAJ/RENIEC (11FEB2016) y N° 000088-2016/ GAJ/RENIEC (18FEB2016), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice; Que, en virtud a lo establecido en el artículo 122° del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado con Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad, considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; Que mediante la Resolución Jefatural 020-2015/ JNAC/RENIEC (30ENE2015), se establece con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015 la gratuidad en los procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas, requieran de

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