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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2016 (15/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 26

580880 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano selección. Para tal efecto, el Área Solicitante lo comunica a la Empresa Supervisora por conducto notarial, a fi n de que exprese las razones que considere conveniente a su derecho, en un plazo no mayor a siete (7) días hábiles, y evalúa lo expuesto por la Empresa Supervisora. De verifi carse la causal imputada, la Gerencia General procede a resolver el contrato. 35.4 La declaración de nulidad así como la resolución contractual es comunicada a la Empresa Supervisora por conducto notarial. 35.5 En caso se declare la nulidad o se resuelva el contrato, siempre que exista la necesidad de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de éste, sin perjuicio que la nulidad o la resolución se encuentre cuestionada judicialmente, Osinergmin puede contratar con alguno de los postores considerados en el resultado fi nal. Para estos efectos, el Área Solicitante debe determinar las prestaciones pendientes y el precio de estas, debidamente sustentados. De existir disponibilidad presupuestal, Osinergmin invita a los postores que participaron en el proceso de selección para que en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles manifi esten su intención de ejecutar las prestaciones pendientes por el precio y condiciones señalados en el documento de invitación. De presentarse más de una aceptación a la invitación, Osinergmin contratará con aquél postor que ocupó una mejor posición en el orden de prelación en el proceso de selección. Artículo 36.- Registro de Inhabilitación de Empresas Supervisoras.- 36.1 Se inscriben en el Registro de Inhabilitación de Empresas Supervisoras: a) La descalifi cación del postor por presentar información falsa y/o inexacta. b) La declaración de nulidad de la califi cación del postor por presentar información falsa y/o inexacta. c) La declaración de nulidad del contrato de supervisión. d) La resolución del contrato de supervisión. 36.2 El órgano a cargo de los actos indicados en el numeral precedente, debe comunicarlo el mismo día a la Gerencia de Administración y Finanzas a efectos de que realice la inscripción en el Registro de Inhabilitación de Empresas Supervisoras. La inscripción debe efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de producida la resolución o declarada la descalificación o nulidad. 36.3 La inscripción en este Registro constituye un impedimento para: a) Participar y ser postor en un proceso de selección de Empresa Supervisora que se convoque en los siguientes tres (3) años de su inscripción en el Registro. b) Ser contratada como Empresa Supervisora por los siguientes tres (3) años de su inscripción en el Registro. 36.4 La inscripción en este Registro constituye una causal de descalifi cación de los procesos de selección de Empresas Supervisoras que se encuentren en trámite a la fecha de la inscripción en el Registro. Artículo 37.- Solución de Controversias Cualquier controversia relativa a la validez o ejecución del Contrato de Supervisión es discutida en la vía judicial, bajo la competencia territorial de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima. Anexo 1. Formato de Convocatoria CONVOCATORIA El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin convoca al siguiente proceso de selección: Identifi cación del proceso Proceso de Selección Nº [número]-[año]-Osinergmin-[Área Solicitante] Objeto del proceso Contratación de Empresas Supervisoras [Persona Jurídica/ Persona Natural con negocio] que brinden servicios de [supervisión/fi scalización] a [Área Solicitante]. Valor referencial [Monto en números y letras, en Soles, incluido todos los tributos aplicables] Calendario del proceso Publicación de convocatoria [dd/mm/aaaa] Publicación en diario y en http://www. osinergmin.gob.pe Publicación de Bases [dd/mm/aaaa] Publicación en http://www.osinergmin. gob.pe Registro de participantes [dd/mm/aaaa] Registro electrónico: [identifi cación de proceso]@osinergmin.gob.pe Formulación de Consultas De: [dd/mm/aaaa] A: [dd/mm/aaaa] Remisión electrónica: [identifi cación de proceso]@osinergmin.gob.pe Absolución de Consultas e Integración de Bases [dd/mm/aaaa] Publicación en http://www.osinergmin. gob.pe Presentación de Propuestas técnica y económica Acto público: [dd/mm/aaaa], [hh:mm horas] Sede Osinergmin: [dirección] Difusión de resultados de Evaluación Técnica, Evaluación de propuesta económica, designación y publicación de resultado fi nal: Acto público: [dd/mm/aaaa], [hh:mm horas] Sede Osinergmin: [dirección] Consentimiento de la designación [dd/mm/aaaa] Publicación en http://www.osinergmin. gob.pe Plazo de contrato [plazo máximo 1 año], pudiendo ser renovado por períodos no mayores a un año, hasta por 5 años, por necesidades del servicio, previa suscripción de adenda. [Lugar, dd/mm/aaaa] Comité de Selección de Empresas Supervisoras Resolución de Gerencia General Nº [número]-OS/GG 1355770-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 048-2016-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 0243-2016-GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Mineria, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo N° 048-2016-OS/CD, publicada en Separata Especial en la edición del 11 de marzo de 2016 (página 580400) - En la dirección del lugar consignado para la ciudad de Trujillo, contenido en el artículo 3 de la Resolución. DICE: “TRUJILLO Auditorio del Hotel El Gran Marqués de Trujillo Calle Diaz de Cienfuegos 145 Urb. La Merced, Trujillo” DEBE DECIR: “TRUJILLO Auditorio del Hotel Libertador de Trujillo Jr. Independencia 485, Trujillo” 1356137-1