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106 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de agosto de 2017 / El Peruano como atribución del Concejo Municipal el Adoptar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el artículo 28º de la norma acotada, establece la estructura básica de los Gobiernos Locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la o fi cina de asesoría jurídica y la o fi cina de planeamiento y presupuesto; determinando que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establece conforme lo determine cada Gobierno Local; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública, el mismo que en su artículo 34º, establece que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, el proyecto de Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones y su Estructura Orgánica, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2016-MPH, propuesto por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la Corporación con mayor e fi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones a fi nes, la eliminación de posibles con fl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante el Informe Nº 0203-2017-MPH/ GPPR/SGPR de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, el Informe Nº 0703-2017-MPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 0669-2017-MPH/GM de la Gerencia Municipal se considera que el proyecto de ordenanza del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huaral, cumple con los requisitos sustanciales para ser aprobado. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9, numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; contando con el voto aprobatorio y unánime de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los Artículos 85º y 86º correspondientes a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Artículos 92º y 93º correspondientes a la Subgerencia de Estudios y Planeamiento Territorial; incorporar funciones al Artículo 100º correspondiente a la Subgerencia de Salud y Sanidad; Suprimir los Artículos 52º y 53º correspondientes a la Subgerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación Técnica; e Incorporar los Artículos 87Aº y 87Bº correspondiente a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) y Promoción de las Inversiones, adscrita a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, del Reglamento de Organización y Funciones – ROF (Anexo Nº 01) y la Estructura Orgánica (Anexo Nº 02) de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 017-2016-MPH, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal como son: Presupuesto Institucional de Apertura - PIA; Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, Manual de Perfi l de Puestos - MPP; Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y otros instrumentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Huaral, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada con la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- IMPLEMENTAR un Libro para el registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito del distrito de Huaral, el mismo que estará a cargo de la Subgerencia de Salud y Sanidad; y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Quinto.- DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario O fi cial El Peruano; y el texto íntegro de la Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones y Modi fi cación del Organigrama Estructural, en el Portal del Estado Peruano y Portal Institucional de la Entidad (www.munihuaral.gob.pe). Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1560006-1 Aprueban nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUISA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-2017-MPH Huaral, 25 de agosto de 2017LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA, y El Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas – CUISA, de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, en su Artículo 42º, inciso c), indica como competencias exclusivas el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local;