Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2017 (30/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de agosto de 2017 /

El Peruano

que la vigilancia sanitaria de los alimentos y bebidas que se comercializan en los mercados y la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el precitado Reglamento, está a cargo de la Autoridad de Salud Municipal y será ejercida por personal calificado y capacitado en aspectos de vigilancia sanitaria. Que, considerando que en la jurisdicción del distrito de Huacho existen servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos a cargo de organizaciones y empresas responsables de la administración, operación y mantenimiento, las mismas que requieren ser fortalecidas en el marco de la legislación vigente. Que, contando con el Informe Nº 368-2017-GGAySC/ MPH de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, Informe Nº 104-2017-SGDI/MPH, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional; Informe Nº 329-2017-GPP/MPH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 539-2017-GAJ/MPH de la Gerencia de Asesoria Juridica, e Informe Nº 118-2017-GM de la Gerencia Municipal , con opinión favorable sobre la Aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que incorpore la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos agropecuarios y piensos, en el transporte y comercial local en el ROF de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Vigilancia Sanitaria; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA INCORPORANDO FUNCIONES A LA SUB GERENCIA DE GESTION AMBIENTAL Y VIGILANCIA SANITARIA Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la Inocuidad Agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización a la Sub Gerencia de Gestion Ambiental y Vigilancia Sanitaria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente ordenanza, la misma que tiene las siguientes funciones: a. Programar las actividades de vigilancia sanitaria de los servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito para cumplimiento del plan operativo anual. b. Inspeccionar los vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito para garantizar las condiciones sanitarias y su aptitud para el consumo humano. c. Sancionar a las personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito que incumplan la normatividad de Inocuidad Agroalimentaria para proteger la vida y la salud de los consumidores. Asimismo, administrar un registro de infractores, el cual será público a través del portal institucional u otro medio en caso de considerarse necesario. d. Participar conjuntamente con la autoridad competente en la toma y envío de muestras de alimentos agropecuarios primarios y piensos para el cumplimiento del plan anual de monitoreo de contaminantes. e. Mantener actualizado trimestralmente el padrón de vehículos y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos para cumplimiento de las normas de acceso a la información y transparencia. f. Recepcionar los reclamos de los usuarios de los servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos para resolverlos y brindar una mejor atención a la población. g. Desarrollar programas de capacitación y difusión para fortalecer los sistemas de vigilancia y control del transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito, en coordinación con las autoridades competentes para la mejora en la cadena de

suministro de estos alimentos y piensos; así como de los consumidores locales. h. Mantener información actualizada sobre inocuidad agroalimentaria en sus portales institucionales y, de ser posible, en algún otro medio de difusión y divulgación; enfatizando en los servicios de transporte y comercialización existentes en el distrito para cumplimiento de las normas de acceso a la información y transparencia. i. Mantener comunicación estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades sobre los servicios de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos para la protección de la salud de los consumidores. j. Actualizar los procedimientos, directivas y manuales relacionados a los servicios de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en coordinación con las autoridades competentes para la mejora de procesos y una mejor atención a los consumidores. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Juridica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal (ROF, MPP, CAP, PAP y TUPA); para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- IMPLEMENTAR un Libro para el registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito del distrito y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización, para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1559882-1

Aprueban modificación del Reglamento de Aplicación de Sanciones y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2017/MPH Huacho, 28 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 16- 2017MPH de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Modificación del régimen de aplicación de sanciones (RAS) y la inclusión en el cuadro único de infracciones y sanciones (CUIS), la tipificación de infracciones y sanciones en el transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos de la Municipalidad Provincial de Huaura; y,

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