Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2017 (16/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Lunes 16 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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CÓD.

DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN

MULTA EN PROPOR- MEDIDA GRADUACIÓN A CORRECLIDAD LA UIT TIVA VIGENTE

de manera articulada y concertada la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Técnico Nº 145-2017/ SGBIS/GDIS/MDSJM, de fecha 04 de agosto del 2017, la Subgerencia de Bienestar e Inclusión Social, remite a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social el proyecto de Ordenanza que establece la creación de la Mesa Distrital para Personas Adultas Mayores del distrito de San Juan de Miraflores, con la finalidad de establecer la creación de una mesa distrital para personas adultas mayores del distrito de San Juan de Miraflores, toda vez que las mesas se crean como un mecanismo que viabilice el trabajo coordinado de la Red Nacional entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, gobiernos regionales, gobiernos locales y sociedad civil, comprometiendo a las autoridades locales desde el ámbito político y las instancias técnicas que tienen a su cargo las funciones de salud, educación y trabajo, para cumplir con los lineamentos de política definidos en el PLANPAM 2013 ­ 2017 y las funciones conferidas en la Ley de la Persona Adulta Mayor - Ley N° 30490; Que, mediante el Memorándum N° 497-2017-GDISMDSJM, de fecha 28 de agosto del 2017, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, señala que teniendo en cuenta la política de la actual gestión municipal, opina que es necesaria la expedición de la Ordenanza que establezca la creación de la Mesa Distrital de Personas Adultas Mayores, en el distrito de San Juan de Miraflores; Que, mediante el Memorándum N° 355-2017-GPP/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite un Informe Técnico mediante el cual opina que el Proyecto de Ordenanza que establece la creación de la Mesa Distrital para Personas Adultas Mayores del Distrito de San Juan de Miraflores es viable y procedente; Que, mediante el Informe Legal N° 352-2017-MDSJM/ GAJ, de fecha 06 de setiembre del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que establece la creación de la Mesa Distrital para Personas Adultas Mayores del distrito de San Juan de Miraflores, el mismo que debe ser puesto a consideración del Concejo Municipal para su deliberación y eventual aprobación, de acuerdo al numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante el Memorándum N° 1069-2017-GMMDSJM, de fecha 12 de setiembre del 2017, la Gerencia Municipal, propone el proyecto de Ordenanza de constituir la Mesa Distrital para la Persona Adultos Mayores de San Juan de Miraflores; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece, que los Concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, administración y supervisión de servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, de conformidad, al numeral 1.2 del artículo 84º, en concordancia con el numeral 2.4, del mismo artículo 84° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se establece como funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales, el organizar, administrar

26. TRANSPORTE Y COMERCIO LOCAL DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS Por registrar temperaturas superiores de 5º C en caso de cámaras de refrigeración y -18º 26-147 C en el caso de cámaras de congelación, en el centro de las piezas. Por no colocar las carcasas en 26-151 ganchos y en rielería a 0.3 m del piso y 0.3 m entre piezas. Por transportar alimentos de 26-175 origen animal con alimentos de origen vegetal. Por transportar alimentos de 26-186 origen vegetal en contacto con el piso.

0.50

GRAVE

0.50

GRAVE

0.80

GRAVE

0.50

GRAVE

Artículo Segundo.- Precisar que la Ordenanza Nº 489/MM se mantiene susbsistente en todo lo demás que contiene y que no es objeto de modificación con la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización y Control la actualización del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, aprobado con la Ordenanza Nº 480/MM y su modificatoria, incluyendo las incorporaciones aprobadas por el presente dispositivo Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional (www.miraflores.gob. pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1576011-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Constituyen la Mesa Distrital para las Personas Adultas Mayores de San Juan de Miraflores
ORDENANZA Nº 370/MSJM San Juan de Miraflores, 5 de octubre del 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando Nº 1069-2017-GM-MDSJM, de fecha 12 de setiembre del 2017, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se remite y propone el proyecto de Ordenanza que constituye la Mesa Distrital para las Personas Adultas Mayores del distrito de San Juan de Miraflores, con el objeto de trabajar

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