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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (05/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2019 El Peruano / Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 216-MDP “Ordenanza del Reglamento y Cronograma del Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil del Concejo de Coordinación Local del Distrito de Pachacamac”, el cual regula el procedimiento para el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital - CCLD, precisando que la convocatoria para dicha Elección periodo 2019 -2020, la realizará el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía; Que, con Informe Nº 039-2019-MDP/GDHPS de Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, solicita la aprobación del cronograma de elecciones para el Concejo de Coordinación Local del Distrito de Pachacamac –CCLD. Que, el Informe Nº 103-2019-MDP/GAJ de Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del Cronograma de Elecciones a fi n de elegir a los Representantes de la Sociedad Civil del Concejo de Coordinación Local del Distrito de Pachacamac para el periodo 2019-2020. Estando a lo expuesto y a lo solicitado por la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº 165-2019-MDP/GM, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, y en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 216-2019-MDP/C; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma O fi cial del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil que se detalla a continuación: Nº CRONOGRAMA FECHA 1 Convocatoria a elecciones 01.04.2019 2Inscripciones de Delegados Electores en el Libro de Registro08.04.2019 – 12.04.2019 3 Periodo de Subsanación 15.04.2019 – 18.04.20194Pronunciamiento de la Subgerencia de Par- ticipación Vecinal22.04.2019 5Plazo de Interposición de recurso de recon- sideración23.04.2019–25.04.2019 6 Absolución del recurso de reconsideración 26.04.2019 – 30.04.20197Plazo de Interposición de recurso de apel- ación ante Gerencia de Municipal02.05.2019 – 06.05.2019 8 Absolución del recurso de Apelación 07.05.2019 – 09.05.20199Publicación de Padrón Electoral de la Rel- ación de Delegados - Electores 10.05.2019 10Impugnación del Padrón Electoral de la Rel- ación de Delegados – Electores –Present-ación de Tachas 13.05.2019 – 15.05.2019 11Resolución de Impugnaciones por el Comité Electoral16.05.2019 -17.05.2019 12 Publicación del Padrón Electoral 20.05.2019 13 Inscripción de Candidatos 21.05.2019 – 28.05.201914 Subsanación de la Lista de Candidatos 29.05.2019 – 30.05.2019 15 Publicación de la Lista de Candidatos 31.05.2019 16 Presentación de Tachas 03.06.2019 – 05.06.201917 Absolución de Tachas 06.06.2019 – 10.06.2019 18Publicación de la lista de fi nitiva de candi- datos11.06.1019 19Acto Electoral a partir de las 10:00 am – 1:00pm en el coliseo Cerrado Paul Poblet Lin- Distrito de Pachacamac16.06.2019 20Proclamación de los representantes elegidos para el CCLD16.06.2019 21 Publicación de Resultados 18.06.2019 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Estadísticas e Informática la publicación del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1757212-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 213-2019-MDP/C, que establece incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2019 y determinan fecha de vencimiento DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2019-MDP/A Pachacámac, 29 de marzo del 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO:El Memorando Nº 184-2019-MDP-GR de Gerencia de Rentas, el Informe Nº 107-2019-MDP-GM-GAJ de Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 82-2019-MDP-GR de Gerencia de Rentas y el Memorando Nº 169-2019-MDP/GM de Gerencia Municipal, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 213-2019-MDP/C que establece la “APLICACIÓN DE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2019 Y DETERMINACION DE FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC”. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº2797 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”. Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 213-2019-MDP/C, se establece la “Aplicación de Incentivos por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2019 y Determinación de Fecha de Vencimiento para el Pago en el Distrito de Pachacámac hasta el 28 de Febrero del 2019”, a fi n de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes, así como velar por el cumplimiento de las metas y objetivos de la gestión municipal y las metas establecidas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 213-2019-MDP/, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la Ordenanza.