Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

56

NORMAS LEGALES

Sábado 9 de febrero de 2019 /

El Peruano

dispone en el párrafo 63.4 del artículo 63, que la revisión, evaluación y designación del director, titular y suplente, representante del gobierno regional la realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento entre la terna de candidatos aptos propuestos por el gobierno regional en cuyo ámbito opera la empresa prestadora pública de accionariado municipal; y en su párrafo 63.5 establece que, para tal efecto, el gerente general de la empresa prestadora pública de accionariado municipal solicita al gobierno regional y a los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sea el caso, remitan el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo o según los estatutos o normas pertinentes, respectivamente. El MVCS efectúa la revisión y evaluación correspondiente, de acuerdo al procedimiento y los plazos que para dicho fin apruebe el Ente Rector; Que, el artículo 8 del "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, dispone que la plataforma virtual es una herramienta tecnológica mediante la cual los proponentes registran a sus candidatos y se publican los resultados de la revisión y evaluación de los expedientes; y el articulo 9 del citado Procedimiento indica que la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es la responsable de la implementación del referido Procedimiento, así como de la administración de la Plataforma Virtual y de la gestión y custodia del banco de datos de Directores; Que, mediante Memorándum Nº 064-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento remite el Informe Nº 016-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCSDS de la Dirección de Saneamiento, mediante el cual informa que verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de los candidatos propuestos por el Gobierno Regional y del candidato invitado a partir de la información obtenida del Banco de Datos de Directores, se concluye que de los mismos, dos (2) candidatos resultan aptos; de los cuales, luego de la evaluación respectiva, se concluye que la representación del Gobierno Regional en el Directorio de la EMAPA - HVCA. S.A, debe estar conformada por el señor César Raúl Palacios Sulca, como Director Titular, y el señor Freddy López Palacios, como Director Suplente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA; y el "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de la EMAPA - HVCA. S.A. Designar al señor César Raúl Palacios Sulca, como Director Titular, en representación del Gobierno Regional, en el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica Sociedad Anónima EMAPA - HVCA. S.A. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de la EMAPA - HVCA. S.A. Designar al señor Freddy López Palacios, como Director Suplente, en representación del Gobierno Regional, en el Directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica Sociedad Anónima - EMAPA - HVCA. S.A.

Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica Sociedad Anónima - EMAPA - HVCA. S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1739856-1

Designan Directores titular y suplente, en representación del Gobierno Regional, en el Directorio de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anónima - EPS EMPSSAPAL S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2019-VIVIENDA Lima, 8 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 265-2018/GG-EMPSSAPAL S.A. de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anónima - EPS EMPSSAPAL S.A.; el Memorándum Nº 097-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 029-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, conforme a lo dispuesto por los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del mencionado Decreto Legislativo, la designación del representante del Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Consejo Regional, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.