Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de febrero de 2019 /

El Peruano

de Ayacucho descrito precedentemente en mérito al Convenio suscrito para el ejercicio 2019; Que, según el Informe Nº 023-2019-SIS/GNFPMRA con Proveído Nº 060-2019-SIS/GNF, GNF realizó el cálculo del importe a transferir a cada una de las Unidades Ejecutoras del citado Gobierno Regional, por lo que propuso efectuar la transferencia de los recursos financieros por el monto total ascendente a S/ 32,727,424.00 (Treinta y dos millones setecientos veintisiete mil cuatrocientos veinticuatro y 00/100 soles), de los cuales S/ 14,972,164.00 (Catorce millones novecientos setenta y dos mil ciento sesenta y cuatro y 00/100 soles) bajo el mecanismo de pago capitado "tramo fijo" y S/ 17,755,260.00 (Diecisiete millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos sesenta y 00/100 soles) bajo el mecanismo de pago por servicios "primera transferencia", con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios; Que, a fin de garantizar el uso adecuado de los fondos transferidos, mediante el numeral 7.1 del Acápite 7 de la Directiva Administrativa Nº 001-2017-SIS-GNF-V.01 «Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud», aprobada con Resolución Jefatural Nº 275-2017/SIS modificada con la Resolución Jefatural Nº 210-2018/SIS, se dispone que la Gerencia de Negocios y Financiamiento "es responsable de la Gestión del Proceso de monitoreo, seguimiento y supervisión, del cumplimiento de los fines de las transferencias financieras que se efectúan a las UE/UGIPRESS e IPRESS Públicas en el marco de los Convenios de Gestión y normatividad vigente"; Que, mediante Informe Nº 061-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 061-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencia Financiera propuesta por la GNF que se detalla en el anexo de la misma, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud SIS hasta por la suma de S/ 32,727,424.00 (TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Ayacucho descritos en el Anexo ­ Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Febrero 2019, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados SIS en el marco del Convenio y Acta de Compromisos suscritos. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad que recibe la transferencia, para fines distintos para los cuales han sido autorizados. Artículo 3.- La Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1739837-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan ejecución de la "Encuesta Mensual del Índice de Precios Productor" durante el año 2019
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2019-INEI Lima, 4 de febrero de 2019 Visto, el Oficio Nº 064-2019-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, del Instituto Nacional de Estadística e Informática; CONSIDERANDO Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, faculta la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país; Que, en ese marco legal el Instituto Nacional de Estadística e Informática, viene captando en forma continua desde el año 2015, la información de precios a través de la Encuesta Mensual del Índice de Precios Productor, dirigida a empresas productoras de bienes de los sectores Agropecuario y Pesca; Explotación de Minas y Canteras e Industrias Manufactureras ubicadas en el territorio nacional; Que, mediante documento del visto la Dirección Técnica de Indicadores Económicos solicita se autorice la ejecución de la "Encuesta Mensual del Índice de Precios Productor" durante el año 2019, a nivel nacional, a fin de continuar proporcionando un indicador que permita medir la variación de los Precios Productor en el primer tramo de la comercialización de una canasta representativa de bienes nacionales en un periodo determinado. Para tal efecto adjunta la Ficha Técnica y el Formulario a utilizar en la referida encuesta; Que, en ese sentido, resulta conveniente autorizar la ejecución de la "Encuesta Mensual del Índice de Precios Productor" durante el año 2019, establecer el plazo para su entrega y, aprobar el formulario a utilizarse en la mencionada investigación estadística de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, y con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

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