Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 9 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en adelante la Directiva; debiendo observar las limitaciones establecidas en la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Que, el numeral 1.5 del Anexo 4 de la aludida Directiva, indica que uno de los supuestos para aprobar el CAP Provisional es: "el cumplimiento de una orden judicial emitida por autoridad judicial competente que disponga la reincorporación de un servidor bajo los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos Nº 276 y 728, así como las carreras especiales". Sobre el particular, el IPEN a la fecha tiene que dar cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 009-2017-TR que autoriza la reincorporación de los beneficiarios de la Ley Nº 27803 y Resoluciones de Presidencia Nº 347, 348, 349 y 350-18-IPEN/PRES que aprueba la incorporación según mandato judicial; Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva, acota que: "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: "a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo" Que, la Directiva establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces; Que, mediante Informe Técnico Nº 083-2018-REHU, la Unidad de Recursos Humanos presenta la propuesta de reordenamiento del CAP-Provisional del IPEN y solicita su aprobación por las razones expuestas en el referido informe técnico. Que, mediante Informe Nº 069-2018-PLPR/RACI, la Unidad de Racionalización emite opinión favorable respecto a la propuesta del reordenamiento del CAP Provisional del IPEN. Que, con Informe Legal Nº 011-18-ASJU, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable aprobar el reordenamiento de CAP- Provisional; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar el reordenamiento del CAP Provisional del IPEN, considerando que el expediente cuenta con los documentos que sustentan el acto administrativo; De conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con los vistos del Director Ejecutivo; de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; del Director de la Oficina de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 056-18-IPEN/PRES. Artículo Segundo.- Aprobar el Reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional que como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del Anexo Nº 04 ­ Sobre CAP provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIRGDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE. El

reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional, será publicado en el portal electrónico de la Entidad dentro de los tres (03) días calendario siguiente a la fecha de publicación. Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA PETRICK CASAGRANDE Presidente 1739631-1

Aprueban la Actualización del Presupuesto Analítico de Personal - PAP, correspondiente al año fiscal 2019
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 018-19-IPEN/PRES Lima, 21 de enero de 2019 VISTOS: El Memorándum Nº 050-19-REHU de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, el Memo Nº 003-19-PLPR/PRTO de la Unidad de Presupuesto, y el Informe Nº 004-2019-RACIPLPR/IPEN de la Unidad de Racionalización, ambos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; el Informe Legal Nº 008-19-ASJU/VHP de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia Nº 351-18-IPEN/ PRES se aprobó el Reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional 2018 del IPEN, como un documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 33718-IPEN/PRES del 26 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2019, del Pliego 220 Instituto Peruano de Energía Nuclear, en el que se tiene asignado para el pago de personal por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, la suma de S/ 31 062 232,00, por lo que el PAP 2019 cuenta con el debido marco presupuestal; Que, de acuerdo a lo señalado en la Directiva Nº 00182-INAP/DNP de la Dirección Nacional de Personal del INAP, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 019-82INAP/DIGESNAP, el PAP es un instrumento indispensable de gestión interna institucional cuya elaboración es de carácter obligatorio en las entidades del Sector Público; Que, además, el numeral 2.2 del artículo 2 de la Directiva Nº 003-2019-EF/50.01 ­ Directiva Nº 001-2019EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019EF/50.01, establece que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego es la única dependencia responsable de canalizar ante la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los requerimientos relacionados a materia presupuestaria. Para tal fin, las dependencias competentes (Oficina de Administración, de Personal, de Inversiones, entre otras) en el Pliego deben suministrar, bajo responsabilidad, la información necesaria a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego; Que, mediante Memorándum Nº 050-19-REHU, la Unidad de Recursos Humanos sugirió a Dirección Ejecutiva, que corresponde la actualización del Presupuesto Analítico de Personal PAP ­ 2019, el cual guarda relación con el nuevo documento de gestión, que aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal - Provisional;

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