Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de marzo de 2019 /

El Peruano

del Estado Peruano (Municipalidad Distrital de Circa) y de Ismael Contreras Ancalla. 5. En tal sentido, este Supremo Tribunal Electoral, en cumplimiento del deber constitucional de impartir justicia en materia electoral, otorgada por el Poder Constituyente (artículo 178, numeral 4, de la Constitución Política del Perú), no puede desconocer la existencia de la sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia impuesta a la mencionada autoridad edil, sobre todo si el propio órgano judicial ha remitido a esta sede electoral las copias certificadas de las sentencias condenatorias. 6. Asimismo, es necesario tener presente que la regulación procesal de la suspensión de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legítima que persigue, esto es, garantizar el normal desarrollo de la gestión municipal, la cual puede resultar entorpecida por la sentencia condenatoria impuesta al alcalde Teodoro Antonio Sarmiento Huamán y a los regidores Antero Huamaní Sarmiento, Richard Peralta Cerro, Alejandro Chávez Hurtado y Nely Palomino Lima. 7. También debe tomarse en cuenta que la comprobación de la causal de suspensión de autos es de naturaleza netamente objetiva, por cuanto se trata de una sentencia emitida por un juez competente, en doble instancia, en el marco de un proceso judicial regular, en aplicación de la ley penal pertinente y con respeto a los derechos y principios procesales amparados por ley, la que debe ejecutarse indefectiblemente en el fuero electoral. 8. Por consiguiente, se debe convocar a la candidata no proclamada que sigue en su propia lista electoral, Judy Incahuamán Sauñe, identificada con DNI Nº 74552484, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Circa, en tanto se resuelve la situación jurídica de Teodoro Antonio Sarmiento Huamán. 9. Asimismo, Ismael Contreras Ancalla, regidor hábil de la organización política Acción Popular debe asumir, provisionalmente, el cargo de primer regidor de la Municipalidad Distrital de Circa, en tanto se resuelve la situación jurídica de Antero Huamaní Sarmiento. 10. Además, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida, corresponde convocar a los candidatos no proclamados de la organización política Acción Popular, Alejandro Huamán Zamalloa, con DNI Nº 31014859, para que asuma, provisionalmente, el cargo de segundo regidor; Prudencio Merma Ccahuana, con DNI Nº 31014218, para que asuma, provisionalmente, el cargo de tercer regidor; Solanchis Chalco Utani, con DNI Nº 44253630, para que asuma, provisionalmente, el cargo de cuarta regidora; Sunita Mariland Ancalla Alcca, con DNI Nº 45919819, para que asuma, provisionalmente, el cargo de quinta regidora del Concejo Distrital de Circa, en tanto se resuelve la situación jurídica de Richard Peralta Cerro, Alejandro Chávez Hurtado y Nely Palomino Lima, respectivamente. 11. Estas convocatorias se efectúan de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 18 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la credencial otorgada a Teodoro Antonio Sarmiento Huamán en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, por encontrarse incurso en la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, las credenciales que les fueron otorgadas a Antero Huamaní Sarmiento, Richard Peralta Cerro, Alejandro Chávez Hurtado y Nely Palomino Lima en el cargo de regidores de la Municipalidad Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, por encontrarse incursos en la causal prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Judy Incahuamán Sauñe, identificada con DNI Nº 74552484, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, en tanto se resuelve la situación jurídica de Teodoro Antonio Sarmiento Huamán, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Alejandro Huamán Zamalloa, identificado con DNI Nº 31014859, para que asuma, provisionalmente, el cargo de segundo regidor del Concejo Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Prudencio Merma Ccahuana, identificado con DNI Nº 31014218, para que asuma, provisionalmente, el cargo de tercer regidor del Concejo Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Solanchis Chalco Utani, identificada con DNI Nº 44253630, para que asuma, provisionalmente, el cargo de cuarta regidora del Concejo Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Sétimo.- CONVOCAR a Sunita Mariland Ancalla Alcca, identificada con DNI Nº 45919819, para que asuma, provisionalmente, el cargo de quinta regidora del Concejo Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1750614-5

Confirman la Res. N° 01048-2018-JEE-BAGU/ JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bagua
RESOLUCIÓN Nº 3334-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018052635 JAMALCA - UTCUBAMBA - AMAZONAS JEE BAGUA (ERM.2018048367) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por James Rony Ynope Cardozo, personero legal alterno de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, en contra de la Resolución Nº 01048-2018-JEE-BAGU/JNE, del 15 de octubre de 2018, que declaró improcedente el pedido de nulidad de elecciones municipales en el distrito de Jamalca, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Mediante escrito del 10 de octubre de 2018, el personero legal alterno de la organización política

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