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51 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 El Peruano / REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN DE LAS ACTIVIDADES ENERGÉTICAS Y MINERAS A CARGO DE OSINERGMIN TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables para el ejercicio de las funciones fi scalizadora y sancionadora de Osinergmin. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Lo dispuesto en el presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento para los órganos de Osinergmin, las Empresas Supervisoras y el Agente Fiscalizado, en el marco de las funciones fi scalizadora y sancionadora que se encuentran bajo su ámbito de competencia. Artículo 3.- Marco normativo En el ejercicio de las funciones fi scalizadora y sancionadora, son aplicables los principios de acción establecidos en el Reglamento General de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; así como los principios del procedimiento administrativo recogidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, la LPAG), y los principios de la potestad sancionadora administrativa previstos en el artículo 248 de la LPAG. Asimismo, en aquello no previsto en el presente Reglamento, se aplica lo establecido en los Capítulos II y III del Título IV de la LPAG referidos a la Actividad Administrativa de Fiscalización y al Procedimiento Sancionador, y en las demás disposiciones de la LPAG. Artículo 4.- De fi niciones Para los fi nes del presente Reglamento, los siguientes términos se de fi nen como: 4.1 Actividad de fi scalización: Comprende al conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles al Agente Fiscalizado, derivados de: i) una norma legal o reglamentaria, ii) contratos de concesión con el Estado incluyendo los derivados de los procesos de promoción de la inversión privada, iii) disposiciones normativas o medidas administrativas emitidas por el organismo regulador. Son realizados bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los bienes jurídicos protegidos, en los sectores energético y minero bajo el ámbito de competencia de Osinergmin. Abarca las actividades desarrolladas previamente a que se disponga el inicio formal del procedimiento administrativo sancionador, y concluye en el Informe de Fiscalización emitido por la Autoridad de Fiscalización. 4.2 Autoridad de Fiscalización: Aquella que tiene a su cargo la conducción de las actividades de fi scalización. Puede efectuarla directamente o a través de Fiscalizadores. 4.3 Autoridad Instructora y Autoridad Sancionadora: La Autoridad Instructora es aquella que conduce la etapa instructiva, desde las actuaciones preliminares al inicio formal del procedimiento administrativo sancionador hasta el Informe Final de Instrucción. La Autoridad Sancionadora es aquella que tiene a su cargo la conducción del procedimiento administrativo sancionador en primera instancia. Las autoridades que ejercen la instrucción y sanción en los procedimientos sancionadores de Osinergmin son distintas; y son determinados por el Consejo Directivo, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 9 de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, modi fi cado por Ley Nº 28964. 4.4 Autoridad Revisora: El Tribunal de Apelaciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM, tiene a su cargo, en segunda y última instancia administrativa, en vía de apelación, la revisión de las actuaciones que deriven en la imposición de medidas administrativas y sanciones, así como la resolución de las quejas por defectos de tramitación que se formulen en el marco de dichas actuaciones o procedimientos administrativos . 4.5 Agente Fiscalizado: Persona natural, jurídica u otro sujeto de derecho público o privado que participa o realiza actividades del sector energético o minero y que, conforme a la normativa vigente, se encuentren bajo el ámbito de competencia de Osinergmin. 4.6 Empresas Supervisoras: Personas naturales o jurídicas de fi nidas en la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras aprobada por Resolución Nº 198-2020-OS/CD, o la norma que la modi fi que, complemente o sustituya. 4.7 Fiscalizadores: Personal de Osinergmin o Empresas Supervisoras que realizan acciones de fi scalización, bajo la conducción de la Autoridad de Fiscalización. 4.8 Función sancionadora: Comprende la facultad de determinar la comisión de conductas tipi fi cadas como infracciones administrativas y, de ser el caso, imponer la sanción correspondiente. 4.9 Osinergmin: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, que ejerce sus funciones de fi scalización y sanción conforme a los términos establecidos en el marco normativo. Artículo 5.- Actividades del sector energético bajo competencia de Osinergmin 5.1 El sector energético bajo el ámbito de competencia de Osinergmin comprende a los subsectores de electricidad e hidrocarburos, conforme a los términos establecidos en sus respectivos marcos normativos. 5.2 En el subsector de electricidad, Osinergmin ejerce sus funciones de fi scalización y sanción en las siguientes actividades: a) Generación de electricidad. b) Transmisión de electricidad. c) Distribución y comercialización de electricidad.d) Plani fi cación, programación y despacho económico del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN). e) Otras legalmente atribuidas a Osinergmin. 5.3 El subsector de hidrocarburos bajo el ámbito de competencia de Osinergmin, comprende a las industrias del gas natural y de los hidrocarburos líquidos. 5.4 Respecto de la industria del gas natural, Osinergmin ejerce sus funciones de fi scalización y sanción en las siguientes actividades: a) Exploración. b) Explotación y Producción.c) Procesamiento.d) Almacenamiento.e) Transporte por red de ductos.f) Distribución por red de ductosg) Comercialización.h) Otras actividades legalmente atribuidas a Osinergmin. 5.5 Respecto de la industria de los hidrocarburos líquidos, Osinergmin ejerce sus funciones de fi scalización y sanción en las siguientes actividades: a) Exploración. b) Explotación y Producción.c) Procesamiento y Re fi nación. d) Almacenamiento.e) Transporte.f) Distribución y Comercialización.g) Otras legalmente atribuidas a Osinergmin. Artículo 6.- Actividades del sector minero bajo competencia de Osinergmin