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64 NORMAS LEGALES Viernes 19 de junio de 2020 / El Peruano personas. Sólo se permitirá el ingreso de una persona para la atención al público, salvo que exista algún impedimento que obligue a dicha persona a ingresar acompañado al local. En este supuesto, el caso, debe ser puesto en conocimiento del personal de vigilancia para que se otorguen las facilidades correspondientes. 6.9. Evitar la asistencia de personas pertenecientes al grupo de riesgo, quienes deben preferentemente realizar sus trámites o consultas a través de canales digitales o telefónicos habilitados por el Senace. 6.10. El personal de vigilancia debe controlar que los ciudadanos y/o administrados que se encuentran en el interior y exterior del local institucional, que requieran atención de la entidad, respeten el distanciamiento social de dos (02) metros, establecido en la Resolución de la Ofi cina de Administración Nº 014-2020-SENACE/GG-OA. 6.11. Se prioriza la atención de ciudadanos, administrados: de las personas adultas mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas, entre otras personas en situación de vulnerabilidad y pertenecientes al grupo de riesgo. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS7.1. Servicios de orientación a la ciudadaníaLa OAC brinda orientación al ciudadano a través de la atención de consultas de primer nivel, referidas a la información general del Senace, sus competencias y procedimientos (forma de presentación de documentos, requisitos y plazos) así como a la presentación de denuncias; exceptuando aquellas que sean de índole técnica o de interpretación normativa; asimismo, absuelve consultas referidas al uso de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Certi fi cación Ambiental - EVA, y atención de incidencias en dicha plataforma informática, en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de Información. La orientación de las consultas antes mencionadas se brinda, mediante los siguientes canales: a) Orientación por canales digitales vía correos electrónicos: Se realiza a través de los siguientes correos electrónicos: - contacto@senace.gob.pe: Para absolución de consultas de primer nivel, referidas a la información general del Senace, sus competencias, denuncias y procedimientos (forma de presentación de documentos, requisitos y plazos), así como todas aquellas consultas generales, que no sean de índole técnica o de interpretación normativa. El plazo para dar una respuesta al administrado es de 02 días hábiles. 1 - ventanillaunica@senace.gob.pe : para la absolución de consultas referidas al uso de la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certi fi cación Ambiental -EVA, y atención de incidencias de dicha plataforma. El plazo para dar una respuesta al administrado es de 02 días hábiles. En caso la consulta esté referida a consultas técnicas, interpretación normativa, o aspectos relacionados a procedimientos de evaluación ambientales en trámite, se coordinará y/o derivará a la unidad u órganos competentes para su atención o se orientará al administrado sobre los mecanismos implementados para su atención (solicitar una reunión técnica virtual o ingresar su consulta formalmente a través de un escrito por la Mesa de Partes digital). En caso se trate de la presentación de una denuncia, deberá indicársele que el “formato de denuncia” que se encuentra en la Directiva publicada en el Portal Web, sea dirigido al correo integridad@senace.gob.pe b) Orientación por canal digital vía plataformas digitales (videollamadas a través de plataforma Microsoft Teams) La OAC, además de los canales digitales y telefónico, brinda orientación mediante la programación de reuniones, a través de la plataforma Microsoft Teams, previa solicitud de cita, respecto de lo siguiente:(i) Orientación de consultas referidas a los requisitos para la inscripción y/o modi fi cación de inscripción de consultoras ambientales en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales -RNCA del Senace: - Las reuniones virtuales están a cargo de un/a servidor/a de la OAC, quien atiende las solicitudes de reuniones, previamente registradas por la página web del Senace: https://enlinea.senace.gob.pe/SolicitudAcceso/ SolicitudReunion. - Antes de agendar la reunión, el/la servidor/a requiere al solicitante la remisión, a una cuenta de correo electrónico que se le indique, de la documentación que presentará al Senace en el procedimiento administrativo para la inscripción y/o modi fi cación de inscripción en el RNCA, para su revisión previa. - Una vez remitida dicha información por el solicitante, se procede a agendar la reunión, a través de la plataforma Microsoft Teams. El plazo de atención para programar las reuniones de orientación digital luego de la remisión del expediente virtual es de tres (03) días hábiles. - En caso el solicitante no se conecte en la fecha y hora en la que se programó la reunión de orientación digital, el/la servidor/a de la OAC, procederá a dejar constancia en un acta. Esto no imposibilita al solicitante a registrar nuevamente su solicitud de reunión de orientación digital, a través de la página web. - Las reuniones no deberán exceder los 30 minutos, incidiendo principalmente en las observaciones o recomendaciones encontradas en la documentación alcanzada. - Una vez concluida la reunión, el/la servidor/a de la OAC remite un formato en Excel detallando las observaciones o recomendaciones encontradas en la documentación alcanzada, abordados en la reunión a: • El solicitante, al correo electrónico señalado en su solicitud, de manera que lo tenga en cuenta al momento de la presentación de su expediente para solicitar la inscripción o modi fi cación en el RNCA. • Al personal de la Mesa de Partes (digital), a fi n de que, cuando el solicitante formalice la presentación del expediente del procedimiento administrativo, se pueda efectuar la revisión documental del cumplimiento de requisitos del procedimiento, conforme al artículo 136º del TUO de la LPAG. - Estas reuniones de orientación virtual serán registradas en el Sistema Integrado de Transparencia y Atención al Ciudadano – SITAC. (ii) Orientación de consultas de primer nivel, referidas a la información general del Senace, sus competencias, denuncias y procedimientos (forma de presentación de documentos, requisitos y plazos): - Las solicitudes de reuniones virtuales se reciben a través del correo contacto@senace.gob.pe. - Un/a servidor/a de la OAC agenda la reunión de orientación vía Microsoft Teams y comunica al correo electrónico del solicitante la fecha y la hora de la reunión. El plazo de atención para programar las reuniones de orientación digital es de tres (03) días hábiles. - Las reuniones no deberán exceder los 15 minutos.- En caso la consulta esté referida a consultas técnicas, de interpretación normativa o aspectos relacionados a procedimientos de evaluación ambientales en trámite, se orientará al ciudadano y/o administrado sobre los mecanismos para su atención (solicitar una reunión técnica virtual o ingresar su consulta formalmente por escrito por la Mesa de Partes digital). - En caso el solicitante no se conecte en la fecha y hora en la que se programó la reunión de orientación digital, el/la servidor/a de la OAC, procederá a dejar constancia en un acta. Esto no imposibilita que el solicitante pueda requerir nuevamente una reunión de orientación digital, por el mismo canal.