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66 NORMAS LEGALES Sábado 17 de abril de 2021 / El Peruano Convocan a ciudadano para que asuma temporalmente el cargo de tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, en el proceso de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN Nº 0461-2021-JNE Lima, quince de abril de dos mil veintiunoVISTA: la Resolución Nº 042-2021-P/JNE, del 15 de abril de 2021, con la que se concede licencia por enfermedad a doña Rosalba Hilma Vargas Santisteban, tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Chanchamayo en el proceso de Elecciones Generales 2021. CONSIDERANDOS1.1. Para el proceso de Elecciones Generales 2021 convocado mediante el Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución Nº 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, estableció 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral sobre las cuales se constituyen los Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos temporales de administración de justicia electoral de primera instancia. 1.2. Los JEE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE) están integrados por tres miembros, siendo el tercero de ellos designado mediante un procedimiento que se inicia con la selección aleatoria que realiza el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de 25 ciudadanos con domicilio en el distrito sede donde se instalará el Jurado Electoral Especial, cuyos nombres son publicados para dar inicio al periodo de tachas, luego de lo cual aquellos que no fueron tachados, ni excluidos por tener impedimento o por presentar una justificación, ingresan a un sorteo realizado por el Jurado Nacional de Elecciones en acto público, y de cuyo resultado dependerá la designación del tercer miembro titular y su respectivo suplente. 1.3. Así, el 9 de noviembre de 2020, se emitió la Resolución Nº 0440-2020-JNE, que declaró la conformación de los JEE, entre ellos el JEE de Chanchamayo, integrado de la siguiente manera: JEE SEDE TITULARES SUPLENTES CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOPRESIDENTE CARLOS RICHAR CARHUANCHO MUCHAPRESIDENTE JOSE TITO BARRON LOPEZ SEGUNDO MIEMBRO: ROBINSON ESPINOZA SANDOVALSEGUNDO MIEMBRO: HERMELINDA ZAVALA ARELLANO TERCER MIEMBRO: ROSALBA HILMA VARGAS SANTISTEBANTERCER MIEMBRO: PASCUAL TEODOMIRO CRISTOBAL VICENTE 1.4. El tercer miembro del referido JEE, doña Rosalba Hilma Vargas Santisteban, se encuentra con licencia por enfermedad del 15 al 25 de abril de 2021, otorgada mediante la Resolución Nº 042-2021-P/JNE, del 15 de abril de 2021. 1.5. Ante tal situación, por motivos de salud, se procedió a ubicar al suplente, ciudadano Pascual Teodomiro Cristobal Vicente, quién, mediante escrito, del 15 de abril de 2021, presentó su declinación a asumir el cargo temporalmente de tercer miembro del JEE de Chanchamayo, debido a motivos laborales. 1.6. Así las cosas, corresponde analizar la situación descrita y si ella colisiona con lo dispuesto por el artículo 34 de la LOJNE, respecto a que el cargo de miembro de un JEE es irrenunciable, salvo impedimento debidamente fundamentado. 1.7. En este caso en particular, el ciudadano Pascual Teodomiro Cristóbal Vicente no prestó juramento ni se incorporó a la función del tercer miembro del JEE de Chanchamayo, por lo que su negativa a integrar dicho órgano colegiado, dada su condición de ciudadano seleccionado aleatoriamente, no debe tomarse, propiamente, como una renuncia. 1.8. Por lo expuesto, es necesario disponer las medidas que garanticen al JEE de Chanchamayo continuar con sus actividades, requiriendo el quorum para la emisión de pronunciamientos tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021 en el Contexto de la Emergencia Sanitaria 1, en consecuencia, conforme al artículo 34 de la LOJNE, se debe convocar temporalmente al siguiente suplente en estricto orden de la lista de ciudadanos conforme al resultado del sorteo llevado a cabo el 30 de octubre de 2020, es decir, don César Cosme Gallardo Rojas, a fi n de que, en el más breve plazo, se integre a la función electoral, en condición de suplente, mientras dure la licencia del titular quien debe encontrarse en condiciones óptimas de salud para su reincorporación. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. EXCLUIR a don Pascual Teodomiro Cristóbal Vicente de la conformación del Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, en condición de tercer miembro suplente, para el proceso de Elecciones Generales 2021, a que se re fi ere la Resolución Nº 0440-2020- JNE, del 9 de noviembre de 2020. 2. CONVOCAR a don César Cosme Gallardo Rojas, para que asuma temporalmente el cargo de tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, en el proceso de las Elecciones Generales 2021, desde su incorporación y mientras dure la licencia por enfermedad de la titular, doña Rosalba Hilma Vargas Santisteban. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, así como de doña Rosalba Hilma Vargas Santisteban y don César Cosme Gallardo Rojas, para los fi nes que se estimen pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZ Vargas Huamán Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución Nº 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020 1944547-1