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84 NORMAS LEGALES Viernes 30 de abril de 2021 / El Peruano General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 5 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.4. Cabe precisar que uno de los requisitos exigidos para la procedencia de la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa (ver SN 1.4.), el cual ha sido cumplido por la entidad edil. 2.5. Finalmente, la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Daniel Gregorio Bazán Blas, como regidor del Concejo Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte, establecida en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Loni Óliver Rosales Palomino, identi fi cado con DNI N° 43880244, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; y para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENAS ARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZ Vargas Huamán Secretaria General 1 Aprobada por Resolución N.o 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 3 Aprobado por Resolución N.o 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 1948622-1 Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital Challabamba, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 0482-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021028114 CHALLABAMBA - PAUCARTAMBO - CUSCOVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de abril de dos mil veintiuno.VISTO: el O fi cio N° 0023-2021-GM-MDCH/P, del 21 de abril de 2021, mediante el cual don Wilfredo Molina Miranda, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Challabamba, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco (en adelante, señor gerente municipal), remitió los actuados en el procedimiento de vacancia de don Bladimiro Álvarez Muñoz, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y solicitó la convocatoria de candidato no proclamado. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor gerente municipal elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor alcalde, a fi n de que se convoque al candidato respectivo, tal como lo establece el artículo 24 de la LOM. 1.2. Adjuntó copia de la citación a los regidores para la sesión de concejo extraordinaria del 16 de abril de 2021; de la constancia de asistencia a dicha sesión; del Acuerdo de Concejo N° 010-2021-MDCH-CM/SG, del 16 de abril de 2021, por el que se declaró la vacancia del señor alcalde por muerte y se dispuso remitir al Jurado Nacional de Elecciones a efectos de que actúe conforme a sus atribuciones; del Dictamen Legal N° 0077-2021-ALE-MDCH/P, del 15 de abril de 2021; y del Informe N° 020-2021-NYCL/SSOMA/RRHH/MDCH, del 14 de abril de 2021, que anexa el acta de defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). No obstante, se advierte que no se adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en los siguientes casos: 1. Muerte; […] 1.2. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, establece que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la Tabla de tasas en materia electoral11.4. El ítem 2.30 del artículo primero, con relación al pago de la tasa electoral por convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de los cargos de alcalde o regidor, fi ja el valor de 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 1.5. En la Resolución N° 539-2013-JNE, el Supremo Tribunal Electoral consideró lo siguiente: […] que resulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades