Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (27/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Lunes 27 de diciembre de 2021 El Peruano / con el debido sustento de la prórroga solicitada, para la evaluación correspondiente. En caso sea concedida la prórroga, la misma no podrá exceder de 30 días hábiles, contados desde el inicio de la Variación Transitoria de las Condiciones del Servicio. 6.3. En dicho reporte se deberá precisar si el motivo del evento fue por la ocurrencia de un fenómeno natural o por daños ocasionados por terceros, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: A. Requisitos generales : a) Indicación del número del documento de identidad del representante legal o apoderado del concesionario. b) Indicación del número de la Partida del Registro de Personas Jurídicas y la Zona Registral a la que pertenece, que acredite la representación legal. c) Informe detallado de la variación transitoria, precisando el evento que la ocasionó, la identi fi cación del tercero que la ha producido, si es el caso, así como el número de usuarios afectados, la forma de afectación y el número de días que se afectará el servicio. d) Informe detallado de las medidas adoptadas ante situaciones de riesgo, en consideración del artículo 66 del Anexo 1 del D.S. Nº 081-2007-EM, para el caso de transporte de gas natural y/o líquidos de gas natural por ductos. B. Requisitos especí fi cos: * Para los daños ocasionados por terceros1. Original de la copia certi fi cada del parte o denuncia policial en el que se deberá precisar la constatación del hecho, por parte del efectivo policial. Se aceptará la documentación emitida por la correspondiente autoridad de la zona tratándose de localidades en las que no existan dependencias policiales. 2. Documentación que evidencie la ejecución de actividades de prevención: • Copia simple de los documentos, planos y fotografías tomadas según la Resolución del Consejo Directivo Nº 204-2009-OS/CD, en caso resulte aplicable, que evidencien el cumplimiento de las distancias de seguridad o profundidad de la tapada del ducto. • Fotografías que evidencien la instalación de la señalización de identi fi cación de ubicación del ducto. 2 • Evidencia de la distancia mínima de separación del ducto con la de otros servicios3 • Evidencia de la instalación de la cinta preventiva al momento de realizar el relleno de la zanja4 • Copia simple del cargo de entrega de los planos de las redes de distribución conforme a obra a las Municipalidades, Gobierno Regional y otras empresas de servicios públicos donde se han instalado los ductos.5 • Copia simple de los registros de patrullaje de los dos últimos años realizado para el control de acciones de terceros realizado en la zona (Se deberá incluir fotos con estampa de fecha y coordenadas en el Sistema de Referencia UTM WGS84). • Copia simple del último registro de capacitación a la población aledaña a la zona (Se deberá incluir fotos con estampa de fecha y coordenadas en el Sistema de Referencia UTM WGS84). • Copia del registro de comunicaciones externas indicando amenazas a la integridad del ducto en la zona, de corresponder. • Plano de localización del evento (Sistema de Referencia UTM WGS84). 3. En caso se tenga identi fi cado al tercero que ocasionó el daño, deberá presentar adicionalmente: a) Si el tercero identi fi cado es una empresa de servicio público, empresa contratista, entidad local o del gobierno, se deberá presentar copia simple del documento que acredite que el concesionario, antes del evento, puso en conocimiento la ubicación de las instalaciones de gas natural, con un detalle tal que le permita al tercero conocer el recorrido de la tubería de gas, la distancia a otros predios y/o servicios públicos y la profundidad de la tubería.b) Si el concesionario tomó conocimiento, antes del evento, de la realización de trabajos en la zona afectada, deberá adjuntar copia simple de documentos que acrediten que el concesionario realizó Inspecciones de las obras de los terceros en la zona afectada antes del inicio del evento, así como de las acciones preventivas que realizó para cumplir con sus obligaciones antes del incidente, según los criterios establecidos en el numeral 850.8 Damage Prevention Program de la norma B31.8 Gas Transmission and Distribution Piping Systems. * Para los casos de fenómenos naturales1. Evidencias de que el evento ocurrido se generó por causas ajenas al control de la empresa. Se deberá presentar información o fi cial emitida por la autoridad competente y/o otros informes técnicos que sustenten las causas de la ocurrencia del evento, los mismos que deberán ser sustentados en métodos de monitoreo y equipos que se encuentren validados por la autoridad competente y/o estándares internacionales. 2. Información que acredite que la causa que generó el evento -movimiento sísmico, licuefacción de suelos, inundación, crecida excepcional de ríos, deslizamiento, huayco, derrumbe, tormenta eléctrica, entre otros- superó las condiciones de diseño del ducto en cuanto a su vulnerabilidad, bajo los diferentes escenarios posibles del área geográ fi ca en la que está instalado el ducto. 3. Documentación que evidencie la ejecución de actividades de prevención: • Copia simple de los documentos, sobre la zona afectada, que evidencien: o La realización de estudios geológicos y/o geotécnicos que consideren, entre otros, los peligros geotécnicos e hidrotécnicos señalados en el ASME B31.8S, o La instalación de estructuras geotécnicas y/o sistema de drenajes como parte de las obras de mitigación de los peligros identi fi cados en el estudio antes señalados. o La instalación de instrumentos de monitoreo geotécnico respecto a los peligros identi fi cados en el estudio antes señalado. o Evidencia de una protección adecuada para prevenir daños a la tubería por causas de los peligros identi fi cados tales como incremento del espesor de la tubería y/o la instalación de estructurales especiales. • Copia simple de los resultados de la última evaluación de riesgos a la integridad del ducto realizada en la zona afectada. • Copia simple del último reporte de patrullaje realizado para el control y/o monitoreo geotécnico en la zona afectada. • Plano de localización del evento (Sistema de Referencia UTM WGS84). Para todos los casos, se deberá incluir fotos con estampa de fecha y coordenadas en el Sistema de Referencia UTM WGS84. El presente listado de requisitos no es limitativo, pudiendo Osinergmin solicitar al concesionario u otras autoridades información adicional, así como requerir información o documentación que sustente la autenticidad del reporte presentado, con la fi nalidad de evaluar adecuadamente los reportes recibidos. Artículo 7.- Evaluación de los reportes 7.1 Los Reportes de Eventos de Fuerza Mayor serán comprobados y cali fi cados en el ejercicio de la actividad de fi scalización, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 208-2020-OS/CD o aquella norma que lo modi fi que o sustituya. 7.2 En el marco de la actividad de fi scalización indicada en el numeral precedente, Osinergmin desestimará las alegaciones referidas a eventos de fuerza mayor que no hayan sido reportados en la forma y plazo establecidos en la presente norma.