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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (19/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 19 de febrero de 2021 / El Peruano competitividad, la transformación digital de procesos y servicios públicos, las competencias digitales, la inclusión digital y el desarrollo de aplicaciones para la economía digital. 3.5. La participación de los integrantes del Comité de Alto Nivel es ad honorem. 3.6 La Secretaría Técnica es responsable de proponer los lineamientos para el funcionamiento del Comité de Alto Nivel, conformación de equipos técnicos y otras iniciativas para el logro de sus objetivos. (...)”. Sexta. Modi fi cación del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 093-2019-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes Modifícase el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 093- 2019-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes, en los siguientes términos: “Artículo 6.- Miembros de la Comisión Especial 6.1 La Comisión Especial está conformada por:a) Un/a representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside. b) Un/a representante de la alta dirección del Ministerio de Educación. c) Un/a representante de la alta dirección del Ministerio del Interior. d) Un/a representante de la alta dirección del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. e) Un/a representante de la alta dirección del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL). f) Un/a representante del sector privado.g) Un/a representante de la sociedad civil. 6.2 Las entidades que conforman la Comisión Especial cuentan con un/a representante titular y un/a alterno, quienes forman parte de la alta dirección y son designados por el Titular de la entidad o máxima autoridad, según corresponda. 6.3. Las entidades públicas designan a sus representantes para la Comisión Especial en el plazo de cinco (05) días hábiles de publicado el presente Reglamento. Dicha designación es comunicada a la Presidencia del Consejo de Ministros. 6.4. Los representantes del sector privado y de la sociedad civil son propuestos por los miembros de la Comisión Especial y designados mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. 6.5. El ejercicio de las funciones de los miembros de la Comisión Especial, así como de sus miembros alternos, es ad honórem. 6.6. La Comisión Especial puede invitar a participar en las acciones que desarrolle a otras entidades públicas, privadas o de la sociedad civil, así como a profesionales especializados con la fi nalidad de solicitar la colaboración de los mismos en temas que sean materia de sus competencias o funciones. Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros puede invitar a representantes de los gobiernos regionales y gobiernos locales en las sesiones de la Comisión Especial. 6.7. La Comisión Especial propondrá su Reglamento Interno en un plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación, para su aprobación mediante Resolución Ministerial. (...)”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 065-2015-PCM, que crea la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y evaluación del “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0” (CODESI), y el Decreto Supremo Nº 066-2011-PCM, que aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0. ANEXO GLOSARIO DE TÉRMINOS a) Alfabetización digital. Es el proceso de adquisición de competencias esenciales para interactuar en entornos digitales permanentemente; necesario para estudiar, trabajar, desenvolverse en la vida diaria, que permite ejercer la ciudadanía de manera plena y aprovechar las oportunidades que brinda el entorno. b) Algoritmo de resumen hash. Es aquel algoritmo que implementa una función hash. Recibe como entrada un dato de tamaño variable y genera como salida un dato de longitud fi ja. c) Carpeta personal. Es un espacio lógico que permite el alojamiento de documentos personales en formato digital. d) Ciencia de datos . Comprende el proceso de descubrimiento de correlaciones entre variables a una escala (incluyendo volumen, velocidad y variedad) que va más allá de la cognición humana y de otros paradigmas analíticos. e) Ciudadanía digital . Es el ejercicio de los deberes y derechos de un ciudadano o persona en general en un entorno digital seguro f) Datos abiertos . Son aquellos datos producidos por las entidades públicas que se encuentran disponibles en la web (en formatos estandarizados y abiertos) para que cualquier persona pueda acceder a ellos, reutilizarlos, combinarlos y redistribuirlos para crear nuevos servicios, visualizaciones o realizar investigaciones a partir de ellos. g) Datos espaciales . Son aquellos datos que describen la geometría, la localización o las relaciones topológicas de los objetos geográ fi cos. Son sinónimos: dato geoespacial, dato geográ fi co o dato georreferenciado. h) Datos estadísticos. Son los valores que se obtienen al llevar a cabo un estudio de tipo estadístico en base a registros administrativos, censos o encuestas en materia socioeconómica, demográ fi ca u otra de especial interés para la producción estadística. i) Datos estadísticos o fi ciales. Son los datos estadísticos producidos por el Sistema Nacional de Estadística. j) Descriptores archivísticos. Son elementos necesarios para la búsqueda, control y acceso de documentos archivísticos. k) Digital. Se re fi ere a todo aquello que es procesable por medio de un dispositivo digital. Es caracterizado por el uso de codi fi cación binaria. l) Electrónico. Se re fi ere a todo aquello que es procesable por medio de un dispositivo electrónico. Es caracterizado por el uso de codi fi cación analógica o binaria. m) Factor de autenticación. Es una categoría de credenciales de autenticación. Cada categoría es un factor de autenticación. Los factores de autenticación más conocidos son tres: algo que sabes, algo que tienes y algo que eres. n) Formato electrónico . Documento electrónico estructurado producido y procesable por sistemas de información. o) Fecha y hora cierta. Fecha y hora consignada y fi rmada digitalmente por un Prestador de Servicios de Valor Añadido, en la modalidad de Sistema de Sellado de Tiempo. p) Identidad digital. Conjunto de atributos que individualiza y permite identi fi car a una persona en entornos digitales. q) Inteligencia arti fi cial. Se re fi ere a los sistemas que presentan comportamiento inteligente, que en base al análisis de su entorno toman decisiones, con algún grado de autonomía, para lograr metas especí fi cas. r) Metadato. Son datos estructurados que describen otros datos. Los metadatos proporcionan la