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154 NORMAS LEGALES Viernes 26 de febrero de 2021 / El Peruano y Ejecutoria Coactiva y a las demás Unidades Orgánicas en lo que corresponda. Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pucusana para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y disponga su prórroga de ser el caso. Tercera.- ENCOMENDAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIDIA AMÉRICA CARRILLO VELIZ Teniente Alcaldesa Encargadadel Despacho de Alcaldía 1930740-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2021 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 293-2021/MDP LA TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO:EL CONCEJO DE PUCUSANA;VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de febrero de 2021, el Informe N° 11-2021-STCODISEC/MDP de fecha 19.02.2021 de la Secretaria Técnica CODISEC-P, Memorándum N°016-2021-GSCFYC/MDP de fecha 19.02.2021 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Informe N°039-2021-GPP/MDP de fecha 19.02.2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N°071-2021-GAJ/MDP de fecha 19.02.2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 146-2021-GM/MDP de fecha 22.02.2021 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 73º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones municipales, en materia de servicios públicos locales, la función de seguridad ciudadana; Que, mediante la Ley N° 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modi fi catorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional; asimismo, comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; Que, el literal d) del artículo 4° del citado cuerpo legal, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, lo cuales cuentan con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución; Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2056-2019- IN de fecha 20 de diciembre del 2009, se aprueba entre otras, la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, la Directiva antes citada, tiene como fi nalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, enfoque transversal de salud pública, enfoque territorial y descentralizado, enfoque transversal de articulación interinstitucional, enfoque de género, enfoque de interculturalidad, enfoque transversal de presupuesto, seguimiento y evaluación y tiene alcance nacional, siendo de cumplimiento obligatorio, entre otros, por los órganos de ejecución de Seguridad Ciudadana del ámbito distrital, en el marco de sus competencias; Que, el numeral 7.6 de la citada Directiva N° 011-2019-IN-DGSC, establece que declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, se propone ante el Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza, incorporando el (PADSC) al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante Informe N° 11-2021-STCODISEC/MDP de fecha 19.02.2021, la Secretaria Técnica CODISEC-P pone en conocimiento a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control el Informe Técnico N° 018-2021-MML-GSGC-STCSC-EPPSC suscrito por el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Responsable de la Secretaría Técnica del CORESEC LM, mediante el cual declaran al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del CODISEC de Pucusana como “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”, toda vez que, se ajusta a lo previsto en la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC; Que, mediante Memorándum N°016-2021-GSCFYC/ MDP de fecha 19.02.2021 la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la opinión técnica para la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2021; Que, mediante Informe N°039-2021-GPP/MDP de fecha 19.02.2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2021. Asimismo, mani fi esta que según el presupuesto asignado para el año 2021, se ha programado un monto ascendente de S/ 1, 223,406.00 (Un Millón Doscientos Veintitrés Mil Cuatrocientos Seis Con 00/100 Soles) con cargo al Programa Presupuestal 0030 Reducción de Delitos y Faltas que afectan la Seguridad Ciudadana, para atender actividades operativas vinculadas a la seguridad del Distrito, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 02: Recursos Directamente Recaudados y 05: Recursos Determinados; Que, mediante Informe N°071-2021-GAJ/MDP de fecha 19.02.2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que legalmente es procedente la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2021 de acuerdo a lo señalado en la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, mediante Memorándum N° 146-2021-GM/MDP de fecha 22.02.2021, la Gerencia Municipal solicita se considere en la Sesión de Concejo la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción