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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (26/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 144

144 NORMAS LEGALES Viernes 26 de febrero de 2021 / El Peruano 197 procedimientos administrativos observadas por INDECOPI del Gobierno Regional de Pasco. Artículo 2°.- Ámbito de aplicación El presente es de aplicación en toda la jurisdicción del Gobierno Regional Pasco, así de cumplimiento estricto de todas las unidades orgánicas del Gobierno Regional Pasco, es decir, de sus respectivos órganos de apoyo, asesoría, de línea, órganos descentralizados y desconcentrados de cada uno de los sectores. Artículo 3°.- Vigencia de la norma El presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4°.- Norma derogatoria Deróguese cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo 5°.- Publicación Publíquese, el presente Decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Órganica de Gobiernos Regionales. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil veinte. Regístrese y comuníquese y archívese.PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1930160-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Declaran electo a Consejero Regional como Vicepresidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, para el periodo legislativo - 2021 CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2021-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, cuatro de enero de dos mil veintiuno CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional (...), como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades (…)”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 prescribe que: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional (...). Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos (...)”. Asimismo, el artículo 39 de la referida norma señala que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna aprobado por Ordenanza Regional Nº 016-2019-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de enero de 2020, en su artículo 47 sobre Vicepresidente/a del Consejo Regional señala: “En la misma sesión y forma que se elige al/a la Presidente/a del Consejo Regional el Pleno del Consejo Regional podrá elegir a un/a Vicepresidente/a del Consejo Regional, quien asumirá el cargo en los casos previstos en el artículo 46 del presente Reglamento. En caso de que no existan candidatos al cargo, éste será declarado desierto por el periodo legislativo correspondiente”. Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna de fecha 04 de enero de 2021 al tratar el punto de agenda “ELECCIÓN DEL VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA – PERIODO LEGISLATIVO 2021”, el Consejero Regional Bach. en Econ. José Luis Málaga Cutipé propuso como candidato al Consejero Regional Ing. Iván Jhony Copaja Aguilar, procediéndose luego a la votación respectiva como candidato único, resultando electo por mayoría. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR electo al Consejero Regional señor Ing. IVÁN JHONY COPAJA AGUILAR, como Vicepresidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, para el periodo legislativo - 2021. Artículo Segundo.- REMITIR copia del presente acuerdo a la Gobernación Regional, a la Gerencia General Regional y a los demás entes del Gobierno Regional de Tacna, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en la página web de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como disponer su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” a cargo de Gobernación Regional. POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna 1930307-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban conformación de la Comisión Ambiental Metropolitana - CAMET para el periodo 2021-2022 DECRETO DE ALCALDÍA N° 04 Lima, 23 de febrero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO: El Informe N° D000005-2021-MML-GSCGA-SEACC de la Subgerencia de Estrategia Ambiental y Cambio