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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2021 (26/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Lunes 26 de julio de 2021 El Peruano / Que, mediante O fi cio Nº 113-2020-VIVIENDA/ SENCICO-02.00, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO remite, para consideración, la propuesta del documento: “Guía de criterios para el diseño de estructuras de evacuación vertical resistentes a sismos y tsunamis”; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 058-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, modi fi cada por Resolución Directoral Nº 026-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento conforma un Equipo Técnico Especializado encargado de revisar el documento propuesto mediante el O fi cio Nº 113-2020-VIVIENDA/ SENCICO-02.00; Que, como resultado de la revisión señalada precedentemente y con la validación del mencionado Equipo Técnico Especializado, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento a través del Informe Nº 157-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentado en el Informe Nº 260-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, propone y sustenta los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis”, con el objeto de establecer lineamientos técnicos mínimos para el diseño estructural y la construcción de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis, destinadas a salvaguardar la vida de las personas, constituyendo un refugio para la evacuación vertical; Que, asimismo, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento señala que el Perú se encuentra ubicado en el borde oriental del Cinturón de Fuego del Océano Pací fi co y que por sus características geográ fi cas, hidrometeorológicas, geológicas, entre otras, está expuesto a la ocurrencia de fenómenos de origen natural, tales como sismos y tsunamis, cada uno de estos con su propia magnitud, intensidad, distribución espacial y periodo de retorno, que podrían generar un gran número de víctimas y pérdidas económicas al país; por lo que, ante esta situación de peligro y recogiendo la experiencia internacional, es necesario contar con un instrumento normativo de alcance nacional, que en adición a las Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobadas por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y modi fi catorias, y demás normas aplicables a los procesos edifi catorios, regule el diseño y construcción de las edifi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis o la adecuación de una edi fi cación existente para tal fi n; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2021-VIVIENDA se dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis” en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o aportes de las personas interesadas; encargándose la consolidación de los mismos a la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; Que, a través del Informe Nº 173-2021-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, sustentado en el Informe Nº 299-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento señala que, en atención a la publicación dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 180-2021-VIVIENDA, se han evaluado las sugerencias, comentarios o aportes presentados por las personas interesadas, adecuándose el proyecto en lo correspondiente, por lo que remite la propuesta actualizada de “Lineamientos para el diseño de edifi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis” para su aprobación; Que, a través de la Nota Nº 040-2021-VIVIENDA/ OGAJ y el Informe Nº 431-2021-VIVIENDA/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a lo sustentado por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, resulta legalmente viable que se expida una Resolución Ministerial para la aprobación de los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis”; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta viable aprobar los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis”, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial y los “Lineamientos para el diseño de edi fi caciones para evacuación vertical frente a tsunamis”, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1976375-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Disponen incorporación de la LAM y del límite de la franja ribereña hasta 50 metros de ancho paralela a la LAM, fijada por la DICAPI en el departamento de Piura, a la base gráfica temática del SINABIP, así como al Visor Geográfico denominado “Zona de Playa Protegida (ZPP)” RESOLUCIÓN Nº 0057-2021/SBN San Isidro, 23 de julio de 2021 VISTO: El Informe N° 00024-2021/SBN-DNR-SDRC de fecha 22 de julio de 2021, de la Subdirección de Registro y Catastro; el Memorando N° 00507-2021/SBN-DNR de fecha 23 de julio de 2021, de la Dirección de Normas y Registro; y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y efi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector; Que, conforme a lo señalado en el literal e) del numeral 14.1 del artículo 14 del TUO de la Ley Nº 29151, es función