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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (06/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de abril de 2022 El Peruano / la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 El 23 de septiembre de 2021, mediante O fi cio N° 0396-2021-SG-UNI-2021, la Universidad subsanó las observaciones realizadas por Unidad de Trámite Documentario a la presentación de su SMLI. 2 Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD, publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial “El Peruano” y modi fi cada mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y 091-2021-SUNEDU/CD, publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente. 3 Aprobadas con Resoluciones del Consejo Directivo N° 091-2018- SUNEDU/CD publicada el 9 de agosto de 2018, N° 136-2019-SUNEDU/CD publicada el 22 de octubre de 2019 y N° 051-2021-SUNEDU/CD publicada el 19 de mayo de 2021. 4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 5 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 6 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 7 RTD N° 049909-2021-SUNEDU-TD. 8 RTD N° 050702-2021-SUNEDU-TD. Cabe precisar que, la subsanación de observaciones fue dirigida a la Dirección de Supervisión. 9 RTD N° 056296-2021-SUNEDU-TD. 10 RTD N° 061064-2021-SUNEDU-TD. 11 RTD N° 067161-2021-SUNEDU-TD. 12 RTD N° 070668-2021-SUNEDU-TD. 13 RTD N° 072846-2021-SUNEDU-TD. 14 RTD N° 006528-2022-SUNEDU-TD. 15 La referida diligencia se llevó a cabo en la fecha programada, a través de la plataforma Microsoft Teams. 16 La información remitida por la Universidad, fue incorporada al Expediente N° 049909-2021-SUNEDU-TD a través de la Resolución de Trámite N° 4 del 23 de febrero de 2022. 17 RTD N° 016002-2022-SUNEDU-TD. 18 RTD N° 017007-2022-SUNEDU-TD. 19 El plazo otorgado originalmente de cinco (5) días hábiles fue contabilizado desde el 24 de febrero y venció el 2 de marzo de 2022. 20 Las referidas reuniones se realizaron los días: 26 de noviembre de 2021; 14 y 29 de diciembre de 2021; 11 y 25 de enero de 2022 y el 3 y 25 de febrero de 2022. 2055528-1Rectifican error material incurrido en la Res. N° 062-2020-SUNEDU/CD, en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica – Geotecnia de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 025-2022-SUNEDU/CD Lima, 4 de abril de 2022 VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 20201, mediante la cual se modi fi có la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD del 12 de junio de 20182, que otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann (en adelante, la Universidad); y, el Informe N° 0300-2022-SUNEDU-02-12 del 29 de marzo de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 13 de junio de 2018, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD del 12 de junio de 2018, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario3. El 2 de julio de 2020, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020, mediante la cual se resolvió modi fi car y recti fi car la Tabla N° 2 del Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, respecto de la denominación del grado académico de un (1) programa de estudio; y, aprobar los cambios de denominación de grados académicos y títulos profesionales de los programas de Ingeniería de Minas, Ingeniería Geológica – Geotecnia y Artes, respectivamente, en atención a la evaluación contenida en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 003-2020-SUNEDU-02-12. Mediante Informe N° 0300-2022-SUNEDU-02-12 del 29 de marzo de 2022, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de recti fi car de o fi cio el error material incurrido en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica - Geotecnia, contenido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD. 2. Sobre el error material incurrido en la denominación de un (1) programa de estudio de pregrado, contenido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General4, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios