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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2022 El Peruano / Administrativa N° 000457-2022 -P-CSJL-PJ de fecha 3 de diciembre del 2022; y, CONSIDERANDO: Mediante escrito de vistos la magistrada Marcela Teresa Arriola Espino, Juez Superior Titular y Presidenta de la Segunda Sala Civil, comunica su licencia por motivos de salud del 5 al 19 de diciembre del año en curso. A través de la resolución de vistos se designó al magistrado Juan Fidel Torres Tasso, Juez Titular del Noveno Juzgado Constitucional, como Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Constitucional, del 5 al 30 de diciembre del 2022, por las vacaciones del Juez Superior Titular Roddy Saavedra Choque. Estando a lo expuesto y a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales resulta necesario proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda, situación que originara la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. De otro lado, a través de la Resolución Administrativa N° 000328-2022-PJ de fecha 31 de agosto del 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso -entre otros- que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del País, como medida excepcional y en tanto se convoquen o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia para la designación correspondiente. En su defecto, se delega a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de diciembre de 2022, la facultad para designar a trabajadores de su Distrito Judicial como Juez Supernumerario, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada ELENA RENDON ESCOBAR, Juez Titular del Trigésimo Séptimo Juzgado Civil, como Jueza Superior Provisional de la Segunda Sala Civil, del 13 al 19 de diciembre del presente año, por la licencia por motivos de salud de la magistrada Arriola Espino; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Civil: Sr. German Alejandro Aguirre Salinas (P) Presidente Sra. Elena Rendon Escobar (P)Sr. José Clemente Escudero López (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la abogada LIZY MAGNOLIA BEJAR MONJE como Jueza Supernumeraria del Noveno Juzgado Constitucional, a partir del 13 de diciembre del presente año, por la promoción del magistrado Torres Tasso. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y del Magistrado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE WILFREDO DIAZ VALLEJOS Presidente 2133953-1ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Barranca a favor de la Contraloría General de la República, para que ejecute servicios de control gubernamental en gastos de inversión de Proyecto de Inversión UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 095-2022-UNAB Barranca, 22 de noviembre de 2022 VISTO:El Exp. Nº 2027-2022, de fecha 21 de noviembre de 2022, de la Presidencia; Informe Nº 094-2022-DGA/ UNAB, de fecha 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Administración, sobre solicitud de autorización de transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gastos de inversiones, en el marco de la Ley Nº 31358; CONSIDERANDO: Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4 del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fi n de evitar la propagación del COVID-19, el cual fue prorrogado sucesivamente por los Decretos Supremos Nºs. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA, 025-2021-SA, 003- 2022-SA; posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2022-SA, se extendió dicha medida, a partir del 29 de agosto de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 31365, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2022, aprobó el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2022 y los Recursos que fi nancian, respectivamente; asimismo se considera en sus anexos las asignaciones presupuestarias del Pliego 549 Universidad Nacional de Barranca; Que, con la Resolución Presidencial Nº 077-2021- UNAB, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura 2022 del Pliego 549 Universidad Nacional de Barranca, a nivel de Fuente de Financiamiento, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad y/o Proyecto y Genérica del Gasto; Que, la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, tiene por objeto que la ejecución de inversiones, que genere el desembolso de los recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, y cuyos