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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (06/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 6 de febrero de 2022 El Peruano / noventa y uno guión dos mil once (dos cero uno tres cero siete cuatro uno uno uno nueve cinco tres, por la suma de ciento cincuenta soles); y, 16) Expediente número quinientos quince guión dos mil once (dos cero uno tres cero siete cuatro uno cero nueve seis tres dos, por la suma de ciento veinticuatro soles con cinco céntimos); y, que luego de haber realizado la búsqueda en el libro de entrega de los certi fi cados de depósito judicial, cobrados por la parte demandante; sin embargo, esas fi rmas no coincidían con las que aparecían en los expeidentes. c) Acta de Levantamiento de Información de fecha veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, de foja doscientos sesenta y tres a doscientos sesenta y nueve, elaborada por la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, con el objeto de recoger los reportes correspondientes a las computadoras ubicadas en el Primer Juzgado de Trabajo de Ascope. d) Acta de Auditoría de Expedientes de fecha veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, de fojas trescientos sesenta y cuatro a trescientos setenta y tres, en ella se revisa los expedientes que se derivan del Primer Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Ascope al Segundo Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Ascope, con relación al debido trámite de los certi fi cados de depósitos judiciales, encontrándose nuevos hallazgos, como el haber facilitado la desaparición y cobranza de certi fi cados de depósito judicial en los Expedientes: 1) Número ciento cuarenta y dos guión dos mil ocho (dos cero uno cinco cero siete cuatro uno uno cinco cero nueve cuatro, por la suma de cuarenta soles); y, 2) Número seiscientos sesenta y seis guión dos mil nueve (dos cero uno cinco cero siete cuatro uno uno uno cuatro tres nueve, por la suma de cuatro mil doscientos cuarenta y dos con ochenta y dos céntimos). e) O fi cio número doscientos noventa y cuatro guión dos mil dieciséis guión ARHB guión UAF guión GAD guión CSJLL diagonal PJ de fecha veintiocho de abril de dos mil dieciséis, de fojas seiscientos treinta y nueve, emitido por la Coordinadora de Personal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en el cual se indica que el investigado se ha desempeñado como técnico judicial en el Primer Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Ascope desde el uno de junio de dos mil quince hasta el veintiséis de febrero de dos mil dieciséis. f) Cartas emitidas por el Banco de la Nación, en las cuales se indica la fecha y se identi fi ca a la persona que cobró el depósito judicial: Carta EF diagonal noventa y dos punto cero setecientos cuarenta y uno número mil cincuenta guión dos mil dieciséis de fecha veinte de febrero de dos mil dieciséis, de fojas ciento ochenta; Carta EF diagonal noventa y dos guión cero setecientos cuarenta y uno número mil quinientos tres guión dos mil dieciséis de fecha ocho de marzo de dos mil dieciséis, de fojas quinientos treinta y cinco a quinientos setenta y tres; Carta EF diagonal noventa y dos punto cero setecientos cuarenta y uno número cero once guión dos mil dieciséis de fecha ocho de abril de dos mil dieciséis, de fojas quinientos noventa y cuatro; y, Carta EF diagonal noventa y dos punto cero setecientos cuarenta y uno número dos mil veintinueve guión dos mil dieciséis de fecha cuatro de abril de dos mil dieciséis, de fojas seiscientos uno, según el siguiente detalle: N° ExpedienteN° de Depósito JudicialMonto S/.Fecha de cancelación Cobrado por: 1 1134-2007-0-1602-JR-LA-01 2013074111998 284.70 29 de enero de 2016 Noemí Zila Escobedo Alfaro 2 252-2009-0-1602-JR-LA-01 2013074121588 2,049.98 16 de diciembre de 2015 Noemí Zila Escobedo Alfaro 3 970-2008-0-1602.-JR-LA-01 2013074111960 1,025.28 5 de diciembre de 2015 Noemí Zila Escobedo Alfaro 4 00399--2009-0-1602-JR-LA-01 2013074111984 120.00 21 de setiembre de 2015 Noemí Zila Escobedo Alfaro5 0077-2009-0-1602-JR-LA-01 2013074109639 55.00 14 de noviembre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga6 0587-2009-0-1602-JR-LA-01 2013074109739 50.00 7 de noviembre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga 7 1341-2008-0-1602-JR-LA-01 2013074109515 100.00 6 de octubre de 2015 Gloria del Carmen Quispe Alva 8 905-2009-0-1602-JR-LA-01 2013074111998 285.00 23 de setiembre de 2015 Gloria del Carmen Quispe Alva9 853-2010-0-1602-JR-LA-01 2013074101330 100.00 26 de setiembre de 20115 Kehuar Kusi Pereda Arteaga 10 00467-2008-0-1602-JR-LA-01 2013074101001 90.00 15 de octubre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga 11 1253-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074115902 150.00 19 de setiembre de 2015 Gloria del Carmen Quispe Alva 12 835-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074101377 75.00 15 de octubre de 2015 Gloria del Carmen Quispe Alva13 897-2010-0-1602-JR-LA-01 2013074101379 55.00 7 de noviembre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga14 00053-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074100514 75.00 19 de octubre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga15 00245-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074101352 80.00 10 de octubre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga 16 01291-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074111953 150.00 24 de octubre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga 17 00515-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074109632 124.05 26 de setiembre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga18 1337-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074400264 74.32 19 de octubre de 2015 Kehuar Kusi Pereda Arteaga19 00662-2011-0-1602-JR-LA-01 2013074101407 105.00 26 de setiembre de 2015 Noemi Zila Escobedo Alfaro 20 01105-2010-0-1602-JR-LA-01 2013074111971 108.17 19 de setiembre de 2015 Gloria del Carmen Quispe Alva Quinto. Que, del análisis de los medios probatorios antes detallados, la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial concluye lo siguiente: A) Sobre el cargo de haber infringido sus deberes de respeto al debido proceso, facilitando la desaparición y cobranza de veintiún depósitos judiciales, correspondientes a diversos expedientes: i) “… la suma total de depósitos judiciales extraídos [por el investigado] del Primer Juzgado Especializado Permanente de Trabajo de Ascope, son 24, descartamos aquellos por los casos que ha sido absuelto y uno que se duplica, por ende, contamos con 21 depósitos judiciales”. ii) De los cuadros precedentes, se desprende lo siguiente: a) El servidor judicial Kehuar Kusi Pereda Arteaga endosó a su nombre diez depósitos judiciales, los cuales fueron cobrados por él mismo. b) Se cancelaron los otros diez depósitos judiciales a favor de las señoras Noemi Zila Escobedo Alfaro y Gloria del Carmen Quispe Alva, a razón de cinco depósitos judiciales a cada una de ellas. c) Los desembolsos de dinero se efectuaron entre los meses de setiembre a noviembre de dos mil quince. iii) De una evaluación conjunta, de fi nitivamente se llega a la convicción que la única manera por la cual el investigado pudo acceder a los depósitos judiciales que fueron indebidamente cobrados, fue aprovechando su condición de Técnico Judicial del Primer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Ascope, órgano jurisdiccional al cual fue asignado desde el uno de junio de dos mil quince hasta el veintiséis de febrero de dos mil dieciséis; esto permitió que de manera sistemática y sin autorización sustraiga los certi fi cados de depósitos, ya que dichos cupones se encontraban perforados en un archivador dentro de un anaquel que no tenía seguro ni llave, que se encontraba al costado del escritorio del investigado, conforme lo re fi ere la secretaria judicial Dilmesa Natividad Ponce Barnet en su declaración de fojas ochocientos diez a ochocientos trece. iv) Respecto a las señoras Noemi Zila Escobedo Alfaro y Gloria del Carmen Quispe Alva, de la revisión de autos se ha veri fi cado que ambas guardan un vínculo cercano