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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2022 (20/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 20 de marzo de 2022 El Peruano / Posibilidad Urbana con Pistas y Veredas en las Calles y Pasajes Internos de la Zona C del P.J Proyecto Especial Huaycán, Zona 07, Distrito de Ate, Lima-Lima”, de conformidad al Informe Nº008-2019-MDA/GIU-SGPUC-JPH, y que posteriormente mediante el Informe Técnico Nº 015-2021/MDA-GIU-SGPUC-JLAG y Memorándum Nº145-2021-MDA/GIU-SGPUC, se declara FAVORABLE, el cambio de sección de vía formulado por la Sub Gerencia de Inversión Publica, de conformidad al Plan General Lamina P.G de fecha Abril/2021; Que, asimismo mediante el Documento Nº17758- 2020, con fecha 12 de Marzo del 2020, el Sr. Santos Fredy Gutiérrez Loyola en su calidad de representante común del CONSORCIO G & T, solicita planeamiento integral – secciones viales de la Zona C-Huaycán - Distrito de Ate, para la elaboración del Expediente Técnico del proyecto: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS CALLES Nº 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y A, y en los Pasajes 04, 05, 09, 10, 11 y 12 de la UCV 47B Zona C, Proyecto Especial Huaycán Zona 07 del Distrito de Ate – Provincia y Departamento de Lima”, el cual posteriormente es remitido con Memorándum Nº 199-2020-MDA/GIU-SGIP, por la Sub Gerencia de Inversión Pública de las Municipalidad de Ate; Que, el ámbito del estudio se encuentra inmerso dentro del Sector Catastral Nº 37 y parcialmente en Sectores Catastrales Nº 34 y 41 de la Zona 07 del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, el ámbito del estudio se encuentra comprendido en un área total de 122.32362 Has., con un polígono perimetral de 5,133.35, que abarca un total 42 organizaciones sociales, de la cuales 18 organizaciones corresponden a Saneamiento Físico Legal aprobado por COFOPRI y 24 organizaciones corresponden a la Expansión Urbana que se viene desarrollándose en las laderas de la Zona C P.J Proyecto Especial Huaycán, de las cuales 11 organizaciones cuentan con Planos Visados otorgados para fi nes de obtención de los servicios básicos y 13 organizaciones no cuentan con planos visados, sin embargo de estas 05 organizaciones cuentan con tramite iniciado para Reconocimiento de Plano de Trazado y Lotización conforme la Ordenanza Nº 482-MDA, las cuales se encuentran en procesos de evaluación por el Área Técnica de la Sub Gerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro; Que, las organizaciones sociales que se encuentran dentro la Actualización y Modi fi cación del Planeamiento Integral Zona C P.J. Proyecto Especial Huaycán, tal como las que se encuentran formalizadas por COFOPRI cuentan con posesión antigua antes del año 2002, conforme consta en el portal de Google Earth. Asimismo las organizaciones sociales correspondiente a la Expansión Urbana situadas en las laderas de la Zona C del pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán del distrito, las mismas que no están comprendidas en el Planeamiento Integral aprobado mediante la Ordenanza Nº 160-MDA, presentan indicios de posesión efectiva a partir de Mayo del 2008, dándose la consolidación regular de la ocupación informal al marzo del 2013, guardando así consolidación total a febrero del 2015 y a la actualidad, cuya antigüedad de posesión se ajusta a lo referido en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 482-MDA (Ordenanza que aprueba el Reconocimiento de Planos de trazado y lotización para la obtención de los servicios básicos de las organizaciones sociales que se encuentran incorporadas y en ejecución de los esquemas de las empresas de servicios públicos), el cual establece que los posesionarios deberán de estar de manera continua, pací fi ca y pública como mínimo 05 años, es decir hasta el 31 de diciembre del 2013 y a lo establecido en la Ley Nº 31056, el cual amplia los plazos de titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización de la propiedad, para aquellos asentamiento informales constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal hasta el 31 de Diciembre del 2015; Que, las organizaciones sociales que cuentan con saneamiento físico legal aprobado por COFOPRI, cuentan con conexión de servicios básico de agua, alcantarillado, energía eléctrica y gas natural. Sin embargo, las organizaciones sociales que se encuentran situadas en las laderas – cerro de la Zona C, NO cuentan con servicios básicos de agua, Alcantarillado y energía eléctrica, por lo que se encuentran considerados dentro del proyecto: “Ampliación de los Sistemas de agua potable y alcantarillado en nuevas habilitaciones partes altas de Huaycán, que conforman parte de los sectores 150, 151, 152, 153 y 154 – Distrito de Ate”, el cual viene siendo promovido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del Programa de Agua Segura de Lima y Callao-PASLC, conforme consta en los archivos de la Sub Gerencia; Que, las organizaciones sociales que conforman la Expansión Urbana en las laderas-cerros de la Zona C P.J. Proyecto Especial Huaycán se encuentran inmersos en Zoni fi cación de Protección de Tratamiento Paisajista PTP, Parcialmente en Viviendas Taller VT y parcialmente Residencial de Densidad Media RDM; asimismo, se precisa que el Proyecto Huaycán Verde se encuentra inmerso en zoni fi cación de Protección de Tratamiento Paisajista PTP y parcialmente en Viviendas Taller VT. Se precisa que dichas organizaciones sociales forman parte de la Propuesta Complementaria de Reajuste Integral de Zoni fi cación de los Usos del Suelo de las Laderas del Distrito de Ate, de Protección de Tratamiento Paisajista (PTP) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE), aprobado mediante el Acuerdo de Concejo Nº097-2018/MDA de fecha 05 de Octubre del 2018, la mismas que a la fecha se encuentra en proceso de evaluación por la comuna Metropolitana; Que, mediante la Ordenanza Nº 160-MDA, de fecha 23 de agosto del 2007 se aprueba el Planeamiento Integral de los Módulos Viales y el Diseño Urbano que Ordena las Áreas de Recreación Publica de parte del Sector Catastral 36 y 42-Zona C del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, signado con Plano Nº 002-2007-PI-SGPUC-GDU/MDA y Plano Nº 002A-PI-SGPUC-GDU/MDA. Se precisa que dicho estudio, a la fecha se encuentra sin vigencia, dado que ha cumplido los 10 años de vigencia para su prevalencia conforme se encuentra establecido en el Artículo 39.- Capítulo V Planeamiento Integral del Reglamento Nacional de Edi fi caciones – RNE, habiéndose trascurrido actualmente aproximadamente 04 años con 05 meses de no haber sido modi fi cado y/o actualizado. Asimismo, se ha veri fi cado que dicho estudio NO comprende el total de la organizaciones sociales formalizadas por COFOPRI, No comprende el total de la organizaciones sociales formalizadas por COFOPRI, No comprende la organizaciones sociales de la Expansión Urbana que se ha venido desarrollándose durante años atrás de manera caótica y desordenado desde años anteriores (Laderas) de la Zona C, así como tampoco se encuentra insertado el perímetro del Proyecto Huaycán Verde el cual de acuerdo al portal de Banco de Inversiones aparece como proyecto viable y como código de SNIP asignado y donde algunas vías de acceso no se encuentra de fi nido sus componentes viales, es mas no cuenta con sección vial asignado, por lo que se ha visto conveniente la integración total de la Zona C, P.J. Proyecto Especial Huaycán; Que, por tanto, el presente Estudio Urbano tiene como fi n la “Actualización y Modi fi cación” del Planeamiento Integral Secciones Viales Zona C P.J. Proyecto Especial Huaycán de los componentes viales de las organizaciones sociales que se encuentran inmersos en la Zona C de Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, tanto como la parte que cuenta con Saneamiento Físico Legal aprobado por COFOPRI, así como la Expansión Urbana que ha desarrollado en las laderas del cerro, las cuales necesitan que se dicten medidas normativas para dar un adecuado ordenamiento territorial, mejor la calidad de la población y garantizar el desarrollo económico y armónico entre todas las organizaciones sociales y así como para su correspondiente inserción en el continuo urbano del Distrito, por necesidad publica, respetándose la consolidación y alineamiento existente con componentes viales de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8, Artículo 9, Artículo 10 y Artículo 16 del Capítulo II Diseño de Vías de la Norma GH.020.- Componentes de Diseño Urbana del Reglamento Nacional de Edi fi caciones - RNE y acorde a la topografía que presenta la zona, mediante la cual se podrá de fi nir, recuperar y apertura los derechos de vías principales, locales y peatonales así como la de fi nición