TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Domingo 20 de marzo de 2022 El Peruano / Que, conforme lo dispone el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, (...).”; Que, en el artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 27619, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013- PCM, se establece la “Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas”; Que, de acuerdo con el artículo 8 del citado Reglamento: “Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el Artículo 5 serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente.”; Que, con Memorando N° 288-2022/GAF, la Gerencia de Administración y Finanzas presenta el sustento de la cuanti fi cación del gasto que irrogaría el viaje de los funcionarios a Brasil; Que, mediante Informe N° 012-2022/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, con Informe N° 031-2022-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable y recomienda la aprobación del viaje por comisión de servicios, por parte del Consejo Directivo; Que, en este orden de ideas, resulta necesario que los Gerentes de Operaciones y Seguridad y de Infraestructura del PATPAL-FBB participen en la visita técnica a las instalaciones de ANIMÁLIA RESERVA, ubicada en la ciudad de Cotia, Sao Paulo - Brasil, con la fi nalidad de conocer in situ sobre el diseño de ambientes y manejo del rinoceronte indio (Rhinocerus unicornis), e intercambiar experiencias en el transporte de megavertebrados y la evaluación de la suscripción de un convenio de cooperación; Que, conforme lo dispone el inciso l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del PATPAL-FBB, aprobado por Ordenanza N° 2129 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es atribución del Consejo Directivo: “Autorizar los viajes en comisión de servicios dentro del territorio nacional y al extranjero de los servidores públicos del PATPAL-FBB, de acuerdo a las disposiciones vigentes.”; Estando a lo expuesto y a las normas antes citadas, en sesión de la fecha, y en uso de las facultades conferidas por el ROF del PATPAL-FBB, el Consejo Directivo por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Cotia, Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 21 al 25 de marzo de 2022, de los siguientes funcionarios del PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS – FELIPE BENAVIDES BARREDA (PATPAL-FBB), con la fi nalidad que participen en la visita técnica a las instalaciones de ANIMÁLIA RESERVA a que se re fi ere la parte considerativa del presente Acuerdo: 1. LYDA LIZETTE BERMÚDEZ LARRAZÁBAL, Gerente de Operaciones y Seguridad. 2. DAVID ALFONSO CASTAÑEDA ZEGARRA, Gerente de Infraestructura. Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje aprobado por el presente Acuerdo, los mismos que serán cubiertos con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 500238, de acuerdo al siguiente detalle: 1. LYDA LIZETTE BERMÚDEZ LARRAZÁBAL:Pasajes aéreos (ida y vuelta): US$ 902.21 Viáticos*: US$ 2,220.00 TOTAL: US$ 3,122.212. DAVID ALFONSO CASTAÑEDA ZEGARRA: Pasajes aéreos (ida y vuelta): US$ 902.21 Viáticos*: US$ 2,220.00 TOTAL: US$ 3,122.21 * Seis (06) días, incluye gastos de instalación, US$ 370.00 por día. Artículo Tercero.- Los funcionarios, a que se re fi ere el artículo primero del presente Acuerdo, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como el sustento de los viáticos asignados, conforme a ley; dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias; debiendo adoptar y disponer las acciones que correspondan. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- Dispensar del trámite de aprobación del acta al presente Acuerdo, a efectos de procederse a la inmediata ejecución del mismo. Regístrese, publíquese y cúmplase.ROXANA CONSUELO CALDERÓN CHÁVEZ Presidente del Consejo DirectivoPatronato del Parque de las Leyendas- Felipe Benavides Barreda 2049111-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral del Pasaje San Francisco del Sector Catastral 06 de la Zona 02 ORDENANZA Nº 570-MDA Ate, 21 de febrero del 2022POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Febrero del 2022; visto, el Dictamen Nº 001-2022-MDA/CIU de la Comisión de Infraestructura y Urbanismo; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º (modi fi cado por Ley Nº 28607), establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que es función especí fi ca exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos licencias y realizar fi scalizaciones de Habilitaciones Urbanas, construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acápite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972); Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de Habilitación Urbana que se llevan a cabo sobre dicho sector, a fi n de garantizar el desarrollo