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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de representantes del BCR a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0030-2022-BCRP-N Lima, 18 de noviembre de 2022CONSIDERANDO QUE:El Banco Central de Reserva del Perú viene evaluando la implementación de una plataforma pública de pagos minoristas, como una innovación que puede complementar los desarrollos del sector privado y fortalecer la interoperabilidad y e fi ciencia en el mercado de pagos peruano; Se ha realizado coordinaciones para participar en reuniones con representantes del Banco de Reserva de la India (RBI), Corporación Nacional de Pagos de la India (NPCI) y participantes de la Plataforma Interfaz de Pagos Unifi cado (UPI), que se realizarán del 25 de noviembre al 2 de diciembre en las ciudades de Hyderabad y Mumbai, India, así como para observar in situ el funcionamiento operativo de la plataforma UPI; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia y seguridad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 27 de octubre de 2022; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior de los señores Paul Castillo Bardalez, José Luis Vásquez Paz, Mónica Fernández Rabanal, Celene Ancalle Gonzales, Félix Santos López, María Gracia García Garcés y Fernando Saldaña Bustamante, quienes pertenecen al equipo del Proyecto de Interoperabilidad de pagos minoristas de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2022, a las ciudades de Hyderabad y Mumbai, India, y al pago de los gastos, a fi n de que intervengan en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2 º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes para 7 Personas : US$ 24 434,64 Viáticos para 7 Personas : US$ 9 800,00TOTAL : US$ 34 234,64 Artículo 3 º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2126764-1CONTRALORIA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de diversas entidades del Estado RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 367-2022-CG Lima, 21 de noviembre de 2022VISTOS:La Hoja Informativa N° 000016-2022-CG/VCIC y el Memorando N° 000374-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; los Memorandos N° 000921-2022-CG/GRAN y N° 000941-2022-CG/GRAN, de la Gerencia Regional de Control de Áncash; los Memorandos N° 001201-2022-CG/POLDEH, N° 001253-2022-CG/POLDEH y N° 001617-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; las Hojas Informativas N° 000168-2022-CG/PER y N° 000246-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; los Memorandos N° 000844-2022-CG/GCH y N° 001102-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000650-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000766-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; señalando que, igualmente, se puede prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad