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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República; conforme a la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones a través de la Hoja Informativa N° 000760-2022-CG/PLPREPI, y la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento a través del Memorando N° 000734-2022-CG/GMPL; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los artículos 14, 47-B, 101, 102, 104, 105, 120, 121 y 163 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, incluido en el Anexo 2 de la Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, modi fi cado por Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG y Resolución de Contraloría N° 161-2022-CG, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Incorporar el literal v) del artículo 102; literales l), m), n) y o) del artículo 105 y literal t) del artículo 166 en el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, incluido en el Anexo 2 de la Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, modi fi cado por Resolución de Contraloría N° 047- 2022-CG y Resolución de Contraloría N° 161-2022-CG, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto el literal d) del artículo 75 y literal i) del artículo 102 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, incluido en el Anexo 2 de la Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, modi fi cado por Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG y Resolución de Contraloría N° 161-2022-CG. Artículo 4.- Dejar sin efecto todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución, con excepción del artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental formule el Texto Integrado de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, incluidos en el Anexo 1 y en el Anexo 2 de la Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, modi fi cados por Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, Resolución de Contraloría N° 161-2022-CG y la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/ contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2128100-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para participar en evento a realizarse en México UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2307-2022-R-UNA Puno, 18 de octubre del 2022VISTOS: El MEMORANDUM Nº 915-2022-SG-UNA- PUNO (17-10-2022) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 13 de octubre del año en curso, referido a la autorización del viaje a la ciudad de JUAREZ - MÉXICO, concediéndose licencia por capacitación con goce de haber del 27 de octubre al 04 de noviembre del 2022, a favor del M.Sc. GERMÁN COILLO COTRADO, Docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Metalúrgica - Facultad de Ingeniería Geológica y Metalúrgica de la UNA; para participar en el II Encuentro de Directores y Decanos, Ciencias Aplicadas y Tecnología de América Latina y el Caribe LACCEI; el mismo que tendrá como sede al Instituto de Ingeniería y Tecnología de la Universidad Autónoma de ciudad de Juarez - México; en concordancia con la Resolución de Decanato Nº 195-2022-D-FIGIM-UNA-PUNO; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, visto el OFICIO Nº 091-2022-DE-EPIG-FIGIM/ UNA-PUNO (16-09-2022), la FACULTAD DE INGENIERÍA GEOLÓGICA Y METALÚRGICA de esta Universidad, en consejo de facultad ordinario del 16-09-2022, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 195-2022-D-FIGIM-UNA-PUNO, según su artículo primero, ha concedido licencia por capacitación con goce de remuneraciones al M.Sc. GERMÁN COILLO COTRADO, decano de la referida Facultad, por los días comprendidos del 27 de octubre al 04 de noviembre del 2022, para participar en el II Encuentro de Directores y Decanos, Ciencias Aplicadas y Tecnología de la Universidad Autónoma de Ciudad de Juarez - México; del mismo modo, según su artículo segundo, se autoriza el otorgamiento de una BOLSA DE VIAJE de S/ 6,000.00 soles, con afectación a los Recursos