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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (26/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2022 El Peruano / de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los S/ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y, señala que, las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01 y modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes; Que, el numeral 7.3 de la Directiva N° 018-2022-CG/ GMPL, “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas de expansión del control concurrente”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, establece que para las contrataciones de bienes y servicios que por su naturaleza no se realice una convocatoria o ésta ya se haya realizado, el plazo para hacer efectiva la transferencia fi nanciera, es de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud; asimismo, precisa que para el caso de iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyen inversión, las entidades comprendidas en esta modalidad de control gubernamental habilitan el rubro “Control Concurrente” dentro de la categoría de gasto corriente, con cargo al presupuesto institucional de la entidad; Que, mediante O fi cio Nº 000501-2022-CG/SGE, de fecha 03 de octubre de 2022, el señor Luis Iglesias León, Secretario General de la Contraloría General de la República requiere al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, Dr. Ruggerths Neil De la Cruz Marcos, la transferencia fi nanciera a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 505,923.30; para el fi nanciamiento del control concurrente del CUI N° 2403872 “CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE FORMACIÓN PRE GRADO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS DISTRITO DE TALAVERA – PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC”; en el marco de los alcances del Plan de Acción de Control – 2023, para la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, mediante Informe N° 0119-2022-UPPM-OPP- UNAJMA, de fecha 14 de noviembre de 2022, el CPC. Jimmy Gidier López Pacheco, Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa al Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Lic. Adm. Elvis Cuicapusa Ccanto, para la aprobación con acto resolutivo la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para control concurrente del proyecto: 2403872 “CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE FORMACIÓN PRE GRADO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS – ANDAHUAYLAS – APURÍMAC”, emitiendo disponibilidad presupuestal favorable, afecto a la estructura funcional programática siguiente: Meta Presupuestal : 0058 Control Concurrente Fuente de Financiamiento/Rubro : 1-00 Recursos Ordinarios 5-18 recursos determinados – Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y ParticipacionesHasta un Importe Total : S/ 502,573.34 (Quinientos dos mil quinientos setenta y tres y 34/100 Soles); Que, mediante Informe N° 943-2022-OPP-UNAJMA, de fecha 14 de noviembre de 2022, el Lic. Adm. Elvis Cuicapusa Ccanto, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, Dr. Ruggerths Neil De la Cruz Marcos, el Informe N° 0119-2022-UPPM-OPP-UNAJMA, sobre aprobación con acto resolutivo de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para el control concurrente del proyecto: “CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE FORMACIÓN PRE GRADO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS – ANDAHUAYLAS – APURÍMAC”, por un monto de S/ 502,573.34; en concordancia a las normas vigentes; Que, por Acuerdo N° 01-2022-CO-UNAJMA, de fecha 16 de noviembre de 2022, de la Vigésimo Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la UNAJMA APROBÓ la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, del Pliego 1204: Universidad Nacional José María Arguedas, hasta por la suma de S/ 502,573.34 (Quinientos dos mil quinientos setenta y tres y 34/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto con CUI N° 2403872 “CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE FORMACIÓN PRE GRADO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS DISTRITO DE TALAVERA – PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC”, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, afecto a la estructura funcional programática siguiente: Meta Presupuestal : 0058 Control Concurrente Fuente de Financiamiento/Rubro : 1-00 Recursos Ordinarios 5-18 recursos determinados – Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y ParticipacionesHasta un Importe Total : S/ 502,573.34 (Quinientos dos mil quinientos setenta y tres y 34/100 Soles). APROBÓ disponer a la Secretaría General de la Universidad Nacional José María Arguedas, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme al numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. APROBÓ disponer a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional José María Arguedas (www.unajma.edu.pe); Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y Autonomía Universitaria que le con fi ere el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 28372 que crea la Universidad Nacional José María Arguedas y la Resolución N° 035-2017-SUNEDU/CD que otorga la Licencia Institucional a la Universidad;