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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (17/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2023 El Peruano / Supremo N° 076-2021-RE, se ha advertido que la identi fi cación de las instancias de resolución de recursos impugnativos en los procedimientos administrativos “Solicitud de elegibilidad para obtener la Tarjeta para viaje de negocios ABTC (APEC Business Travel Card)” y “Expedición de Pasaporte Electrónico Diplomático – Dependientes”, no ha sido realizada de la manera correspondiente; Que, en ese sentido, los artículos 6, 12 y 21 del Reglamento Peruano del Esquema de la Tarjeta para Viaje de Negocios ABTC, aprobado por Decreto Supremo N° 087-2002-RE, disponen que la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Peruana del Esquema ABTC resuelve, como órgano de primera instancia, los expedientes de elegibilidad o cali fi cación de la Tarjeta ABTC (APEC Business Travel Card), conforme a la normativa aplicable; a la vez que la Comisión Peruana del Esquema ABTC puede revisar los indicados expedientes, en vía de apelación, en última instancia; Que, en consecuencia, se tiene que las instancias de resolución de recursos impugnativos en el procedimiento administrativo “Solicitud de elegibilidad para obtener la Tarjeta para viaje de negocios ABTC (APEC Business Travel Card)”, en primera y segunda instancia son la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Peruana del Esquema ABTC y la Comisión Peruana del Esquema ABTC, respectivamente; Que, por otro lado, el artículo 2 del Reglamento para la Expedición del Pasaporte Electrónico Diplomático y Especial, aprobado con el Decreto Supremo N° 048-2016-RE, establece que la Dirección de Privilegios e Inmunidades es competente para aprobar o denegar las solicitudes para la obtención de pasaportes electrónicos diplomáticos y especiales, así como para cancelar, cuando corresponda, los pasaportes electrónicos diplomáticos y especiales expedidos conforme al precitado Reglamento; Que, en línea con lo anterior, de conformidad con el artículo 134 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Privilegios e Inmunidades es la unidad orgánica que depende de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, y tiene como función especí fi ca, entre otras, autorizar la expedición de los pasaportes diplomáticos y especiales, conforme a las normas correspondientes; por lo que, a las referidas unidades de organización les corresponde la función de atender las resoluciones de recursos impugnativos de reconsideración y apelación, según sea el caso, en el procedimiento administrativo “Expedición de Pasaporte Electrónico Diplomático - Dependientes”; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario modi fi car el TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores en el extremo referente a las instancias de resolución de recursos impugnativos de los procedimientos administrativos antes indicados, a fi n de permitir que la ciudadanía disponga de información acorde con el marco legal correspondiente; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus normas modi fi catorias, establece, entre otras disposiciones, que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Finanzas, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Racionalización y Métodos, de la O fi cina General de Asuntos Legales y de la O fi cina de Asuntos Administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley N° 31603, Ley que modi fi ca el Artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a fi n de reducir el plazo para resolver el recurso de reconsideración; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus normas modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores Se modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2021-RE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal del Diario O fi cial El Peruano (www.elperuano.com.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2187835-1 SALUD Designan Directora Ejecutiva de la Dirección de Inspección y Certificación de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 571-2023/MINSA Lima, 16 de junio del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 1398), Nivel F-4, de la Dirección de Inspección y Certi fi cación de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora LIDA ESTHER HILDEBRANDT PINEDO, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único .- Designar a la señora LIDA ESTHER HILDEBRANDT PINEDO, en el cargo de Directora