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46 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2023 El Peruano / DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTI CA - COMPRENDIDO EL DÍA 19 DE JUNIO DE 2023 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0169-2023-MTC/12.04 Y Nº 0195-2023-MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 862-2023-MTC/12.04 19-Jun 19-Jun US$ 370.00LATAM AIRLINES PERU S.A. IVÁN ALEJANDRO CAFFERATA DE LA BARRASANTIAGOREPÚBLICA DE CHILEChequeo en vuelo inicial IDE y por renovación de instructor T/C en el equipo B-787 a personal aeronáutico.0007843 y 0007845 2188128-1 Designan Coordinador de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, responsable de las funciones de la administración del Centro Desconcentrado Territorial de la Región Lambayeque RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 744-2023-MTC/01 Lima, 16 de junio de 2023CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 297- 2019-MTC/01, se aprueba la conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como la instancia de coordinación y gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que a nivel regional y local facilita y promueve de manera desconcentrada, la articulación en el territorio de los servicios e intervenciones de las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sus programas, proyectos especiales, organismos públicos y entidades adscritas; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 297-2019-MTC/01, establece que los Centros Desconcentrados Territoriales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones están a cargo de un Coordinador Territorial, y dependen funcionalmente de la Ofi cina de Articulación Intergubernamental de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la que es responsable de administrar, conducir y supervisar su gestión y funcionamiento; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador/a de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, responsable de las funciones de la administración del Centro Desconcentrado Territorial de la Región Lambayeque del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial N° 297-2019-MTC/01 que aprueba la conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ALEX GUILLERMO SANTISTEBAN JACINTO en el cargo de Coordinador de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, responsable de las funciones de la administración del Centro Desconcentrado Territorial de la Región Lambayeque del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2188157-1 Autorizan a la empresa “CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR REVINOR E.I.R.L.” para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, en local ubicado en el departamento de la Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0332-2023-MTC/17.03 Lima, 2 de junio de 2023VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta N° T-186538-2023 así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa “CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR REVINOR E.I.R.L.”, a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular 1, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográ fi ca, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos”;