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48 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2023 El Peruano / Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Carretera Panamericana norte km. 556, sector el Tanque, distrito Moche y Provincia de Trujillo, departamento de la Libertad y/o correo electrónico: jeali_59@hotmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Cabe señalar que, el requerimiento de la empresa “CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULARE REVINOR E.I.R.L.”, está relacionado a una solicitud de autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Fijo, con dos (02) línea de inspección técnica vehicular tipo Mixta, en el local ubicado en: Carretera Panamericana norte km. 556, sector el Tanque, distrito Moche y Provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 2185849-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000158-2023-AGN/JEF Lima, 16 de junio de 2023VISTOS, el O fi cio N° 000627-2023-AGN/CG/GAD, de fecha 05 de junio de 2023, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 000287-2023-AGN/SG-OPP, de fecha 08 de junio de 2023 y la Constancia de Previsión Presupuestal N° 0005, de fecha 15 de junio de 2023, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000277-2023-AGN/OAJ, de fecha 15 de junio de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica respecto a la transferencia de la retribución económica y documentos necesarios para la designación y contratación de la sociedad de auditoría para efectuar la auditoría fi nanciera por los periodos 2023 y 2024; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 5) del artículo 11° de la Ley Nro. 29565, que modi fi ca la Ley Nro. 25323 - Crean el Sistema Nacional de Archivos, el Archivo General de la Nación es un organismo adscrito al Ministerio de Cultura, siendo el Órgano Rector y Central del Sistema Nacional de Archivos de carácter multisectorial; gozando de autonomía técnica y administrativa;Que, el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la O fi cina General de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias fi nancieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, por su parte, el numeral 7.2 de la Directiva N° 05- 2022- CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG, establece el proceso de designación de las Sociedades de Auditoría en las entidades del Estado, precisando que “Las entidades son incorporadas en los CPM luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia fi nanciera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la CGR conforme a los establecido en la Ley 27785 y su modi fi catoria”; Que, mediante O fi cio N° 000627-2023-AGN/CG/GAD, de fecha 05.06.2023, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al Archivo General de la Nación – AGN, la transferencia de la retribución económica y documentos necesarios para la designación y contratación de la sociedad de auditoría para efectuar la auditoría fi nanciera por los periodos 2023 y 2024, en el marco del artículo 20° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, mediante Memorando N° 000120-2023-AGN/ SG-OA, de fecha 07.06.2023, la O fi cina de Administración solicitó a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la disponibilidad presupuestal para la transferencia de la retribución económica para la contratación de la Sociedad Auditora correspondiente al periodo 2023, y el pago del derecho de designación correspondiente a los periodos 2023 y 2024; Que, mediante Memorando N° 000287-2023-AGN/ SG-OPP, de fecha 08.06.2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto otorga la disponibilidad presupuestal para la transferencia de la retribución económica para la contratación de la sociedad auditora que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental 2023; y el pago del derecho de designación correspondiente a los años 2023 y 2024; Que, mediante Proveído N° 001873-2023-AGN/SG- OPP, de fecha 09.06.2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto aprueba las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 656 y 657 para la transferencia de la retribución económica para la contratación de la sociedad auditora que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental por el periodo 2023 y el pago del derecho de designación por los periodos 2023 – 2024; mientras que mediante Proveído N° 1968-2023-AGN/SG-OPP, de fecha 15.06.2023, se adjunta la Constancia de Previsión Presupuestal Nro. 0005 para el periodo 2024; Que, mediante Informe Nro. 00046-2023-AGN/SG- OA, de fecha 09.06.2023, la O fi cina de Administración informa a la Jefatura de la AGN que corresponde que la AGN realice la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, en el marco del artículo 20° de la Ley Nº 27785, el cual dispone que la transferencia fi nanciera se aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto, debiéndose publicar la referida Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Legal N° 000277-2023-AGN/ SG, la O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo