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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2024 (20/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2024 El Peruano / sido modi fi cada, la cual cumple con lo señalado en la Directiva Normas que regulan la gestión de la información geográ fi ca del SERNANP aprobada por la Resolución Presidencial N° 331-2022-SERNANP; precisándose además que, no fue necesario un proceso de consulta previa, ya que el ANP no se encuentra superpuesta a ningún pueblo indígena u originario. Asimismo, concluye que, la zona de amortiguamiento no ha sido modi fi cada; Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa periodo 2024-2029; Que, en el Informe N° 000442-2024-SERNANP/ OAJ-SGD, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa periodo 2024-2029; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa, periodo 2024-2029, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar la modi fi cación de la zoni fi cación, así como, rati fi car la Zona de Amortiguamiento del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa periodo 2024-2029 aprobada mediante Resolución Presidencial N° 014-2015-SERNANP. Artículo 3.- Encargar a la Jefatura del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Jefe del SERNANP 2308702-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 00063-2024- SENACE/PE A solicitud del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, se publica Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00063-2024-SENACE/PE, publicada en la edición del día 16 de julio de 2024. DICE:“(…) “VISTO: El Memorando Nº 00051-SENACE/PE de la Presidencia Ejecutiva, el Informe N° 00174-2024-SENACE- GG-OA/RH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 00000-2024-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y,” (…)” DEBE DECIR:“(…) “VISTO: El Memorando Nº 00051-SENACE/PE de la Presidencia Ejecutiva, el Informe N° 00174-2024-SENACE- GG-OA/RH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 00151-2024-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y,” (…)” 2308372-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Designan Asesor 1 del Despacho del Superintendente Nacional de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 04596-2024- SUCAMEC Lima, 19 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal d) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN y modi fi cado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la entidad; Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Asesor 1 del Despacho del Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; Que, a través del Informe N° 0360-2024-SUCAMEC- OGRH de fecha 19 de julio de 2024, la O fi cina General de Recursos Humanos concluye que, evaluada la propuesta; el señor Gino Oswaldo Cueva Llanos, cumple con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, y el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUCAMEC, para ser designado como Asesor 1 del Despacho del Superintendente Nacional conforme a las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, en uso de las facultades conferidas en el Decreto