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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2024 (20/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza que aprueba el Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 - 2033 ORDENANZA N° 572-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 040-2022-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 012-2022-CDUEAIPSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Económico y Ambiental, Inversiones Públicas y Servicios Municipales; los Informes N° 217 y 218-2022-12.10-SPUC-GDUE/MSI de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el Memorándum N° 243-2022-12.00-GDUE/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; el Informe N° 464-2022-0510-SPP- GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 078-2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y el Informe N° 219-2022-0400- GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 - 2033; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195°, numeral 6, de la Constitución Política del Perú, establecen que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para plani fi car el desarrollo urbano de sus circunscripciones; así como la referida autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 79, numeral 3.1, de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que es función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales, aprobar el plan urbano distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, por Ordenanza N° 352-MSI, publicada el 10 de julio de 2013, la Municipalidad de San Isidro aprobó el Plan Urbano Distrital 2012-2022 del distrito de San Isidro; el cual fue rati fi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza N° 1705-MML; Que, el artículo 31° de la Ley N° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, señala que las Municipalidades Distritales mediante ordenanza municipal pueden aprobar Planes Urbanos Distritales en los cuales se establezca los instrumentos y mecanismos para la gestión e implementación de los componentes previamente establecidos en el Plan de Desarrollo Urbano elaborado por la Municipalidad Provincial correspondiente, al cual se encuentran sometidos; Que, por su parte, los artículos 73°, literal a), y 76°, literal f), del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, establecen que corresponde a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico la función de formular, proponer y revisar el desarrollo de planes de su competencia, en concordancia con los planes y políticas nacionales, sectoriales y regionales y la normativa vigente, en coordinación con las entidades de gobierno correspondientes y la participación de la sociedad civil; y, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, la función de formular y proponer los planes urbanos, en concertación con las áreas correspondientes y en concordancia con el Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano vigente;Que, en este contexto, acorde con sus funciones previstas en el ROF, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, proponen la aprobación del Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 - 2033, que incorpora el Plan distrital de Espacios Públicos, según lo exigido en la Ley N° 31199, y ha tomado en cuenta la visión de desarrollo del Plan MET al 2040 y del vigente Plan de Desarrollo Local Concertado de San Isidro; propuesta que se encuentra validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico de la Municipalidad de San Isidro, conformada por Resolución de Alcaldía N° 050 del 25 de enero de 2022, mediante el Acta de Sesión del 12 de setiembre de 2022; Que, asimismo, señala que por encontrarse próximo la culminación de la vigencia del horizonte del Plan Urbano Distrital 2012-2022 para el distrito de San Isidro, se formuló la propuesta del Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 – 2033, que fue puesta en Exhibición y Consulta Pública durante el plazo de 30 días calendarios, comprendidos desde el 20 de julio al 18 de agosto del presente año y expuesta en Audiencias Públicas realizadas en los cinco sectores de Planeamiento del distrito de San Isidro de acuerdo al siguiente cronograma: Sector Vecinal DistritalLugar Fecha 01 Parque Alfonso Ugarte 05.08.2022 02 Parque República de Panamá 02.08.2022 03 Centro Cultural El Olivar 11.08.2022 04 Parque José Luis Bustamante y Rivero 09.08.2022 05 Centro de Encuentro Vecinal – Corpac 12.08.2022 Que, el Equipo Técnico de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro encargado de la formulación de la propuesta del Plan Urbano Distrital 2023-2033 ha analizado y evaluado las observaciones y/o recomendaciones formuladas por las personas naturales y jurídicas del distrito de San Isidro, incorporando las pertinentes en la propuesta de fi nitiva del Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 – 2033; Que, a su vez, con los informes del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto emiten opinión favorable, señalando que la propuesta de plan presentada cumple las disposiciones de la Directiva Nº 002-2019/MSI “Normas para la elaboración, aprobación y actualización de planes de la Municipalidad de San Isidro”, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 023 -2019 -0200-GM/MSI; Que, por tales consideraciones, estando a lo opinado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, la Gerencia de Asesoría Jurídica; corresponde la aprobación de la propuesta de Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023-2033; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 5 y 8 del artículo 9°, y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por mayoría y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN URBANO DISTRITAL DE SAN ISIDRO 2023-2033 Artículo Primero.- APROBAR el Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023 - 2033, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico la remisión de la presente Ordenanza y del Plan Urbano Distrital de San Isidro 2023-2033, a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su rati fi cación. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, al Alcalde de San Isidro, la emisión de normas complementarias que