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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2024 (20/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2024 El Peruano / que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y publicada en el diario o fi cial El Peruano el 11ABR2024; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, hasta el 31 de diciembre del año 2024, la gratuidad de 134 mil trámites de emisión por primera vez de DNIe (DNI electrónico) de menores de 0 a 3 años, 11 meses y 29 días, que habiten en todos los distritos del Perú, a través de todas las O fi cinas de RENIEC (Ofi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares, Agencias y Puntos de Atención) y OREC Automatizadas. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, será fi nanciado con cargo al presupuesto institucional del presente año, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de Servicios Registrales y Registros de Identi fi cación; y, a las O fi cinas de Tecnologías de la Información, de Administración y Finanzas y de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización). Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural y su publicación en el portal web institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2308521-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la modificación del plano de zonificación del distrito de San Juan de Miraflores, aprobado por Ordenanza N° 1084 ORDENANZA N° 2636 Lima, 11 de julio de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha;En uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 066-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, APROBADO POR ORDENANZA N° 1084 Artículo 1.- Aprobar el cambio de zoni fi cación, de Otros Usos (OU) a Comercio Vecinal (CV) del predio de 1,466.48 m2, ubicado en el pueblo joven República Democrática Alemana, Mz. “L”, lote 1, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, presentado por Inversiones Médicas Peruanas – Fondo de Inversión Privado, representado por GC Fund Service S.A.C, a través del Expediente Nº 2023-0125772, conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de San Juan de Mira fl ores, aprobado por Ordenanza N° 1084, el cambio de zoni fi cación descrito en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob. pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2308245-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino ORDENANZA MUNICIPAL Nº 749-2024- MDEA El Agustino, 11 de julio de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO, en sesión ordinaria de la fecha; VISTOS: el informe Nº 941-2024-SGRFT-GATR- MDEA, de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, informe Nº 0250-2024-GATR-MDEA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el informe Nº 0444-2024-OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil y el Memorándum Nº 1699-2024-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, sobre otorgamiento de bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de El Agustino; y,