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50 NORMAS LEGALESDomingo 10 de noviembre de 2024 El Peruano / Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo 2342719-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Revocan la autorización de funcionamiento de Blanco Sociedad Administradora de Fondos S.A.C., y disponen su exclusión de la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 136-2024-SMV/02 Lima, 8 de noviembre de 2024 El Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2024036565 y el Informe N° 1478- 2024-SMV/10.2 del 7 de noviembre de 2024, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con el proveído favorable del Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolución de Superintendente N° 064- 2017-SMV/10.2 del 24 de julio de 2017, se otorgó autorización de funcionamiento a Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., como sociedad administradora de fondos de inversión. Luego, por Resolución de Superintendente N° 111-2021-SMV/02 del 5 de noviembre de 2021, se otorgó autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos, modi fi cando su denominación a Blanco Sociedad Administradora de Fondos S.A.C. (en adelante, B ඔඉඖඋ Sඉඎ); 2. Que, mediante Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N° 0172024SMV/10, notifi cada el 17 de abril de 2024, se dispuso la intervención administrativa de B ඔඉඖඋ SAF en la modalidad de supervisión de la gestión (en adelante, I ඖගඍකඞඍඖඋඑරඖ ), prevista en el artículo 351, literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2023-EF (en adelante, T ඝ ඌඍ ඔඉ Lඕඞ), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 38, literal a) de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Decreto Legislativo N° 862 (en adelante, L ඍඡ ඌඍ Fඖඌඛ ඌඍ Iඖඞඍකඛඑරඖ ) durante un periodo de 90 días calendario; la cual fue prorrogada mediante Resolución de Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial Nº s 040 y 052-2024-SMV/10 del 15 de julio y 11 de octubre de 2024, respectivamente, por períodos de noventa (90) días calendario (en adelante, Iඖගඍකඞඍඖඋඑරඖ ); 3. Que, B ඔඉඖඋ Sඉඎ presentó a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV sus estados fi nancieros intermedios al 31 de marzo de 2024, el 30 de abril de 2024 1; 4. Que, mediante hecho de importancia del 13 mayo de 20242, Bඔඉඖඋ Sඉඎ divulgó que habría aceptado la renuncia de un miembro del Comité de Inversiones del “Fondo de Fondos de Participación y Crecimiento Internacional (PC Internacional) FMIV”3 (en adelante, Fඖඌ PC Iඖගඍකඖඉඋඑඖඉඔ ). Ante ello, el Comité de Inversiones de dicho fondo quedó constituido únicamente con dos (2) miembros;5. Que, mediante O fi cio N° 2292-2024-SMV/10.2 del 27 de mayo de 2024 (en adelante, O ඎඑඋඑ 2292), se le solicitó a B ඔඉඖඋ Sඉඎ, entre otros, indicar el plazo máximo en el que designaría al nuevo miembro del Comité de Inversiones del F ඖඌ PC Iඖගඍකඖඉඋඑඖඉඔ ; 6. Que, mediante escrito del 29 de mayo de 2024 4, Bඔඉඖඋ Sඉඎ comunicó la presentación de la carta de renuncia irrevocable de su O fi cial de Cumplimiento, quien se desempeñó como tal desde 27 de diciembre de 2022 hasta el 29 de mayo de 2024; 7. Que, mediante el O fi cio Nº 3038-2024-SMV/10.2 del 16 de julio de 2024 se requirió a B ඔඉඖඋ Sඉඎ designar, de manera inmediata a la noti fi cación del o fi cio, a su O fi cial de Cumplimiento; 8. Que, mediante la sección III del O fi cio N° 3246- 2024-SMV/10.2 del 25 de julio de 2024 (en adelante, Oඎඑඋඑ 3246), se observó a B ඔඉඖඋ SAF, que presentaba un dé fi cit en el patrimonio neto al 31 de marzo de 2024, de - S/ 2,585,430. Por lo que, para subsanar el dé fi cit, le requirió remitir la copia de la escritura pública de aumento de capital dentro de los treinta (30) días calendarios y la correspondiente constancia de inscripción en los Registros Públicos, dentro de los sesenta (60) días calendarios; 9. Que, B ඔඉඖඋ Sඉඎ presentó a la SMV sus estados fi nancieros intermedios al 30 de junio de 2024 y las notas de estos, el 2 de agosto de 2024 5; 10. Que, mediante escrito del 16 de agosto de 2024, Bඔඉඖඋ Sඉඎ, adjuntó el acta de Junta Universal de Accionistas celebrado el mismo día (en adelante, Aඋගඉ), en el que se aprobó -entre otros- el informe a los accionistas con relación al O ඎඑඋඑ 3246 y la propuesta de subsanación, así como el aumento de capital por capitalización de utilidades del ejercicio 2023 y por aportes no dinerarios; 11. Que, mediante O fi cio N° 3710-2024-SMV/10.2 del 23 de agosto de 2024, se comunicó a B ඔඉඖඋ Sඉඎ, que de conformidad con lo señalado en el O ඎඑඋඑ 3246, para subsanar el dé fi cit en el patrimonio neto observado deberá presentar la escritura pública del aumento de capital; 12. Que, mediante la Resolución de Superintendente N° 117-2024-SMV/02 del 20 de septiembre de 2024 (en adelante, R ඍඛඔඝඋඑරඖ 117-2024) se suspendió la autorización de funcionamiento de B ඔඉඖඋ Sඉඎ, por un plazo de treinta (30) días hábiles, hasta que acredite fehacientemente que cuenta con recursos humanos idóneos que permitan el normal desarrollo de sus actividades y que ha revertido su situación de dé fi cit patrimonial, a satisfacción de la SMV. Dicho plazo venció el 06 de noviembre de 2024; 13. Que, mediante O fi cio N° 4275-2024-SMV/10.2 del 24 de septiembre de 2024 (en adelante, O ඎඑඋඑ 4275), se requirió a B ඔඉඖඋ Sඉඎ, con relación al hecho de importancia divulgado el 21 de setiembre de 2024 6, que remita la escritura pública del aumento de capital por aporte no dinerario por S/ 12,375,000, aprobado por la Junta Universal de Accionistas, así como los documentos que lo sustenten, entre otros, el informe de valorización y las tasaciones de los inmuebles; 14. Que, mediante escrito del 24 de septiembre de 2024, en respuesta al O ඎඑඋඑ 4275, B ඔඉඖඋ Sඉඎ adjuntó el informe denominado “Tasación de Predio Pre-Urbano, predio rural, parcela 12, zona predio Vega Honda - sector Vega Honda, Catacaos, provincia y departamento de Piura” (en adelante, T ඉඛඉඋඑරඖ ), emitido por el señor Manuel Guillermo Gutierrez Huby, el 12 de agosto de 2024; y, el testimonio de escritura pública de aumento de capital y modi fi cación parcial del estatuto del 18 de septiembre de 2024 (en adelante, E ඛඋකඑගඝකඉ Pවඊඔඑඋඉ ), que contiene el asiento contable por el aumento de capital, mediante el aporte no dinerario del inmueble (predio rural) ubicado en parcela 12, zona predio Vega Honda - sector Vega Honda, distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura, con una extensión de 10 Has., inscrito en la Partida N° 11267494 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Piura (en adelante, I ඖඕඝඍඊඔඍ Pඉකඋඍඔඉ 12); 15. Que, mediante O fi cios N° s 4427 y 4428-2024- SMV/10.2 (en adelante, O ඎඑඋඑඛ 4427 ඡ 4428) noti fi cados el 02 y 03 de octubre de 2024, respectivamente, se observó a B ඔඉඖඋ Sඉඎ, que presenta un dé fi cit en el patrimonio neto al 30 de junio de 2024, ascendente a - S/ 25,900,609 y - S/ 55,715,289, respectivamente;