TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Domingo 27 de abril de 2025 El Peruano / b) Aprobar la declaración de nulidad de los procedimientos de selección. c) Designar a los expertos integrantes del jurado y sus suplentes. d) Autorizar, ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales, así como autorizar y ordenar la reducción hasta por el 25 % del monto del contrato original, siempre que sean indispensables para alcanzar la fi nalidad del contrato. e) Designar a las áreas técnicas estratégicas. f) Decidir conciliar o no conciliar.g) Aprobación de no utilización de la Subasta Inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con fi cha técnica. h) Aprobación el proceso de Compatibilización de requerimiento. i) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. j) Aprobar los Expedientes de Contratación para bienes, servicios y obras. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual y noti fi car su decisión al contratista, de los procedimientos de selección para bienes, servicios y obras. l) Designar y aprobar la remoción o renuncia de los/ las integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección. m) Aprobar la modi fi cación contractual, cuando implique la modi fi cación del monto contractual provenientes de procedimientos de selección para bienes, servicios y obras. n) Suscribir contratos complementarios provenientes de procedimientos de selección para bienes, servicios y obras. o) Aprobar la suspensión del plazo de ejecución contractual, cuando se produzcan eventos no atribuibles a las partes que originen la interrupción de la ejecución de las prestaciones. p) Aprobar la designación del árbitro tanto en el arbitraje institucional como en el arbitraje ad hoc. q) Suscribir y resolver los contratos, las órdenes de compra y de servicio, así como sus adendas, sus modi fi caciones; derivados de procedimientos de selección (competitivos y no competitivos), modalidades de contratación pública e fi ciente (entre ellas, los contratos menores) y demás que regule la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF. Artículo 2.- El Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas debe informar trimestralmente a la Gerencia General, sobre el ejercicio de las funciones delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Artículo 3.- La delegación de facultades a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución de Gerencia General, con fi ere la capacidad decisoria y/o resolutiva sobre los asuntos materia de delegación, sin que esta exima de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución de Gerencia General, a la O fi cina General de Administración y Finanzas y a la Subjefatura de Abastecimiento, para los fi nes correspondientes. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución de Gerencia General entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Gerencia General en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ANGEL VALDIVIA MORON Gerente General Gerencia General 2394333-1INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Imponen derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cubiertos de mesa estándar (tenedor, cuchara, cucharita y cuchillo) de metal común, con un espesor de hasta 1.5 milímetros, originarios de la República Popular China COMISION DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS RESOLUCIÓN Nº 058-2025/CDB- INDECOPI Lima, 11 de abril de 2025LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS DEL INDECOPI SUMILLA: En el marco del procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de cubiertos de mesa estándar (tenedor, cuchara, cucharita y cuchillo) de metal común, con un espesor de hasta 1.5 milímetros, originarios de la República Popular China, la Comisión ha dispuesto concluir el procedimiento con la imposición de derechos antidumping de fi nitivos sobre las referidas importaciones, al haberse veri fi cado el cumplimiento de las condiciones jurídicas establecidas a tal efecto en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en el Decreto Supremo Nº 006- 2003-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 004-2009-PCM y 136-2020-PCM. De acuerdo con un examen objetivo basado en pruebas positivas, se ha determinado la existencia de prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de los cubiertos señalados en el párrafo anterior, originarios de la República Popular China, durante el periodo de análisis fi jado en el procedimiento (enero – diciembre de 2023). Asimismo, se ha constatado que el incremento de las importaciones del citado producto objeto de dumping, tanto en términos absolutos, como en términos relativos al consumo interno y la producción de la rama de producción nacional (RPN), incidió negativamente en los precios de venta del producto elaborado por la RPN, así como en el desempeño de la misma, pues los principales indicadores económicos y fi nancieros de esta última mostraron una evolución desfavorable durante el periodo de análisis (enero de 2021 – diciembre de 2023), no habiéndose identi fi cado otros factores que expliquen el daño importante experimentado por la RPN en dicho periodo. Visto, el Expediente Nº 001-2024/CDB; y,CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES Mediante escrito presentado el 08 de enero de 2024, la empresa productora nacional Fábrica de Cubiertos S.A.C. (en adelante, FACUSA ), solicitó a la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (en adelante, la Comisión ) el inicio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de cubiertos de mesa estándar (tenedor, cuchara,