TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Martes 16 de diciembre de 2025 El Peruano / elementos evaluados para su con fi guración, no supone en modo alguno una aprobación o aceptación de los comportamientos presuntamente irregulares denunciados en los pedidos de vacancia. En ese sentido, respecto de las responsabilidades a que hubiere lugar en función de los hechos materia de la presente controversia –en este caso, sobre la distribución de los 250 polos adquiridos para la festividad del día del padre en el año 2023–, corresponde remitir copias autenticadas de los actuados pertinentes a la Contraloría General de la República, para que actúe en el marco de sus competencias. 2.22. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Juan Manuel Aldea Vásquez; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 001-2025-MDG, del 21 de enero de 2025, que declaró infundada su solicitud de vacancia presentada en contra de don Ricardo Vargas Durand, regidor del Concejo Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, por la causal prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por las consideraciones expuestas en este pronunciamiento. 2. REMITIR copias de los actuados a la Contraloría General de la República, para que proceda conforme a sus atribuciones. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2468503-1 Declaran nulo el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 005-2025-EXT -MDL, que rechazó solicitud de vacancia formulada en contra de regidor del Concejo Distrital de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 0645-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025002874 LUNAHUANÁ - CAÑETE - LIMAVACANCIAAPELACIÓN Lima, 21 de noviembre de 2025VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Alejandro Cirilo Alcalá Ochoa (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 005-2025-EXT-MDL, del 11 de abril de 2025, que rechazó la solicitud de vacancia formulada en contra de don José Miguel Sánchez Sánchez, regidor del Concejo Distrital de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima (en adelante, señor regidor), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES Solicitud de declaratoria de vacancia 1.1. El 18 de marzo de 2025, el señor recurrente presentó ante la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, su solicitud de vacancia en contra del señor regidor, por la causal prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, alegando, esencialmente, lo siguiente: a) Bajo un argumento capcioso de ausencia de don Luis Alberto Conislla Jara, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), y sin tener facultad para ello, el señor regidor convocó a sesión extraordinaria de concejo para el 26 de noviembre de 2024, a las 17:44 horas, fuera del horario de o fi cina. b) En dicha sesión solicitó que se le brinde la con fi anza para asumir la alcaldía, alegando como motivación una falsa ausencia del señor alcalde. c) Para acreditar su pedido, adjuntó un documento apócrifo, en fotocopia, de un acto médico, según su propio dicho, el cual lo obtuvo por terceras personas, vale decir, de manera ilegal, y no por conducto o fi cial. d) La ausencia no debe entenderse como el alejamiento físico de la autoridad de la circunscripción, sino como aquel apartamiento temporal de todas las funciones inherentes a su cargo (Resolución Nº 880-2013-JNE). e) No obstante, la ilicitud de la documentación presentada, los integrantes del concejo municipal, don Aldo Víctor Cubillas Sánchez, doña Irene Fiorella Nolazco Sánchez y don Manuel David del Carpio Sanz aprobaron, por mayoría, otorgar el ilegal voto de con fi anza. f) Amparado en esta ilegal decisión y usurpando las funciones del señor alcalde, el 27 de noviembre de 2024, el señor regidor expidió los siguientes actos administrativos: i. Ofi cio Múltiple Nº 001-ALC-E-2024/MDL, a través del cual informó a las autoridades ediles que ha asumido la encargatura como alcalde del distrito de Lunahuaná. ii. Resolución de Alcaldía Nº 205-2024-A/MDL, mediante la cual reconoció a la Junta Directiva del A.H. Los Olivos Altos de Ramadilla. iii. Memorandum Nº 001-JMSS-ALC(E)-MDL-2024, remitido al gerente municipal, a través del cual solicitó el descerraje de la puerta del despacho de la alcaldía, ya que no se contaba con llave para su ingreso. iv. Memorandum Nº 002-JMSS-ALC(E)-MDL-2024, cursado a la responsable de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, solicitando información detallada del personal de todos los regímenes laborales. v. Memorandum Nº 003-JMSS-ALC(E)-MDL-2024, dirigido a la encargada de la O fi cina de Logística, pidiendo la relación del personal que presta servicios por terceros y la vigencia de las órdenes de servicio y/o contratos. vi. Memorandum Nº 004-JMSS-ALC(E)-MDL-2024, dirigido a la O fi cina General de Administración y Finanzas, y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, requiriendo el estado detallado del presupuesto actual, ingresos, gastos y proyectos en curso. vii. Memorandum Nº 005-JMSS-ALC(E)-MDL-2024, dirigido a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, solicitando un listado de todos los empleados municipales, incluyendo sus roles, salarios y contratos. También sobre los planes de pensiones de los empleados municipales, así como un resumen de las relaciones laborales con los sindicatos y cualquier acuerdo colectivo.