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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (14/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 14 de febrero de 2025 El Peruano / 2.29. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.14.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones , RESUELVE 1. Declarar FUNDADO los recursos de apelación interpuestos por don Orlando Fiestas Morales; en consecuencia, REVOCAR los Acuerdos de Concejo Nº 16 y Nº 17, del 18 de diciembre de 2024, que desaprobaron, respectivamente, su solicitud de adhesión y de vacancia de don José Félix Ayala Cherre, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de Bernal, provincia de Sechura, departamento de Piura, por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, causal prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, REFORMÁNDOLOS , declarar FUNDADAS las solicitudes de adhesión y de vacancia de la mencionada autoridad por la referida causal. 2. DEJAR SIN EFECTO , de fi nitivamente, la credencial otorgada a don José Félix Ayala Cherre, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de Bernal, provincia de Sechura, departamento de Piura, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a través de la Resolución Nº 0114-2024-JNE, del 18 de abril de 2024, con las cuales don José Gilberto Ruiz Loro y doña Nelly Puescas Ramírez asumieron, de modo provisional, los cargos de alcalde y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Bernal, provincia de Sechura, departamento de Piura, en tanto se resolvía la situación jurídica de don José Félix Ayala Cherre. 4. CONVOCAR a don José Gilberto Ruiz Loro, identi fi cado con DNI Nº 02662460, a fi n de que asuma, de manera de fi nitiva, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Bernal, provincia de Sechura, departamento de Piura, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo acredite como tal. 5. CONVOCAR a doña Nelly Puescas Ramírez, identi fi cada con DNI Nº 02663952, a fi n de que asuma, de manera de fi nitiva, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Bernal, provincia de Sechura, departamento de Piura, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023- 2026, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la acredite como tal. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.º 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2 En: <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2371518-1Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 082-2024-MDY , que rechazó solicitud de vacancia presentada en contra de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yaután, provincia de Casma, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0036-2025-JNE Expediente Nº JNE.2024003405 YAUTÁN - CASMA - ÁNCASH VACANCIAAPELACIÓN Lima, veintiocho de enero de dos mil veinticincoVISTO: en audiencia pública virtual del 27 de enero de 2025, debatido y votado en la sesión privada de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Efraín Lucio de la Cruz Guillén (en adelante, señor recurrente) en contra el Acuerdo de Concejo Nº 082-2024-MDY, del 14 de octubre de 2024, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de don Hever Luis Hinostroza Encarnación, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yaután, provincia de Casma, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), por infracción a las restricciones de contratación, causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); teniendo a la vista el Expediente Nº JNE.2024001347. Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. El 10 de mayo de 2024, el señor recurrente solicitó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que traslade su pedido de vacancia formulado en contra del señor alcalde, por infracción a las restricciones de contratación, causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la LOM, argumentado esencialmente lo siguiente: a) Existe una orden de servicios emitida por la Municipalidad Distrital de Yaután a favor de la empresa Vega & Santos Transportes e Inversiones SAC, cuya gerente es doña Fiorela Carolina Vega Santos (en adelante, doña Fiorela Vega), quien, a su vez, es funcionaria del citado municipio. A dicha empresa se le pagó S/ 15 179.10. b) Doña Fiorela Vega fue designada por el señor alcalde como jefa del Programa Vaso de Leche, inicialmente bajo contrato de locación de servicios; luego, el señor alcalde mejoró su situación laboral con un contrato administrativo de servicios (CAS). c) Existe un con fl icto de intereses, pues el señor alcalde ha privilegiado los intereses particulares de doña Fiorela Vega en desmedro del interés municipal. A efectos de acreditar los argumentos expuestos, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Copia del contrato de locación de servicios de doña Fiorela Vega. b) Copia de la resolución que designa a doña Fiorela Vega como jefa del Programa de Vaso de Leche. c) Consulta de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas, que demuestra los pagos a doña Fiorela Vega y a su empresa Vega & Santos Transportes e Inversiones SAC. Mediante el Auto Nº 1, del 12 de julio de 2024, se trasladó el pedido de vacancia al Concejo Distrital de Yaután, a fi n de que emita pronunciamiento en primera instancia. 1.2. El 4 de octubre de 2024, el señor alcalde presentó sus descargos: