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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (29/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Domingo 29 de junio de 2025 El Peruano / 5 Inciso 1 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú. 6 Tribunal Constitucional del Perú. Expediente. Nº 00004-2010-PI/TC , fundamento 26. 7 En las STC N.os 3760-2004-AA/TC y 3238-2004-AA/TC, de fecha 22 de febrero de 2005, que resuelven procesos constitucionales de amparo sustancialmente similares al de autos, interpuestos por los mismos recurrentes a favor de Alberto Fujimori Fujimori, y que constituyen jurisprudencia vinculante , este Colegiado ya se pronunció por la legitimidad para obrar del tercero demandante, determinando la procedibilidad de ambas demandas, siendo dicho criterio, mutatis mutandis , aplicable a la presente causa [resaltado agregado]. 8 Cfr. ECHR, Case Zdanoka v Latvia, judgment of 16 March 2006 [GC], no. 58278/00, § 103. 9 Cfr. ECHR, Case Mathieu-Mohin and Clerfayt, supra nota 58, § 54, y Case Zdanoka, supra nota 59, § 115. 10 Pleno. Sentencia 109/2025 2414197-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban el Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000103-2025-JN/ ONPE Lima, 27 de junio de 2025VISTOS: el Informe N° 000296-2025-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Informe N° 000332-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; así como la Hoja de Elevación N° 000052-2025-GG/ONPE de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; En cumplimiento del marco normativo vigente, la ONPE presta asistencia técnica en materia electoral a las organizaciones políticas y sociales, así como a las instituciones públicas y privadas que lo requieran, brindando asesoría no vinculante y apoyo para la realización de sus procesos electorales; Sobre la base de ello, mediante la Resolución Jefatural N° 000080-2025-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 23 de mayo de 2025, se aprobó la publicación del proyecto de Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, junto con su exposición de motivos, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www. gob.pe/onpe. Lo anterior, con la fi nalidad de que, durante el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, la ciudadanía remita sus comentarios, aportes u opiniones; Asimismo, con la referida Resolución, se encargó a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios consolidar y evaluar las sugerencias y comentarios que se reciban para, posteriormente, elaborar el texto fi nal del Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; En cumplimiento de lo dispuesto, y mediante el informe de Vistos, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios comunica a la Gerencia General que los aportes de la ciudadanía han sido revisados y que, producto de ello, se propone el texto fi nal del proyecto de Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, para su aprobación por parte de la Jefatura Nacional;Por su parte, mediante el documento de Vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica mani fi esta que la propuesta fi nal se encuentra conforme a la normativa relacionada con la asistencia técnica en materia electoral a cargo de la ONPE; y que resulta legalmente viable continuar con su aprobación, tras haberse seguido el procedimiento previsto en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Mediante el documento de Vistos, la Gerencia General eleva la propuesta a la Jefatura Nacional; Por lo anterior, corresponde emitir la resolución jefatural que apruebe el Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y q) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales p), r) e y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ ONPE; Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Supervisión de Fondos y Partidarios, y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el cual consta de cuatro (4) Títulos, incluido el preliminar; siete (7) Capítulos; veintiocho (28) artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales; reglamento que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución, así como del contenido íntegro del Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, en el diario ofi cial El Peruano y en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www. gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe REGLAMENTO DE ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA ELECTORAL DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES ÍNDICE TÍTULO PRELIMINARArtículo I.- Objeto Artículo II.- Ámbito de Aplicación Artículo III.- Base normativa Artículo IV.- AbreviaturasArtículo V.- De fi niciones Artículo VI.- Principios TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Alcances de la asistencia técnica Artículo 2.- Solicitud de asistencia técnicaArtículo 3.- Atención de solicitudes de asistencia técnica Artículo 4.- Informe fi nal sobre la asistencia técnica brindada Artículo 5.- Limitaciones del servicio de asistencia técnica