TEXTO PAGINA: 76
76 NORMAS LEGALES Jueves 13 de marzo de 2025 El Peruano / emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe N° 00024-2025-MP-FN- OREF-DEEC, de fecha 10 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Ana Maria Piñan Alcedo, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2379978-16 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 742-2025-MP-FN Lima, 12 de marzo de 2025VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 000190-2025-MP-FNUFEC de fecha 1 de marzo de 2025, cursado por la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, mediante el cual se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial en el 2° Despacho Provincial de la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, actualmente vacante. De acuerdo a los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Conforme al artículo 65 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal modi fi cado por la Ley N° 31718, se establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar, especialmente, en la especialidad de ciberdelincuencia. Esta última consideración, con la fi nalidad de asegurar que el fi scal designado posea las competencias necesarias para enfrentar los desafíos que presenta esta área en constante evolución y creciente relevancia.En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo y plaza mencionados en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y conforme a las conclusiones del informe N° 007-MP- FN-OREF-DSCO, de fecha 11 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Tania Staline Bobadilla Centurión, fi scal adjunta provincial titular civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5° Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1728-2023-MP-FN, de fecha 15 de julio de 2023. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Tania Staline Bobadilla Centurión, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 2° Despacho Provincial de la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Tania Staline Bobadilla Centurión que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2379978-17 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban el Reglamento sobre Grupo Económico, Vinculación, aplicación de Límites operativos a que se refieren los artículos 201 al 204 de la Ley General y Grandes Exposiciones RESOLUCIÓN SBS N° 00975-2025 Lima, 12 de marzo de 2025EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES