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55 NORMAS LEGALES Viernes 23 de mayo de 2025 El Peruano / Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Locales Aprobar una transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Trabaja Perú, Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, hasta por la suma de S/ 99 212 793,00 (NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de ciento cuarenta y cuatro (144) Gobiernos Locales, con quienes se han suscrito ciento cuarenta y cuatro (144) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión (PIR-03), en los distritos priorizados del ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Trabaja Perú, Categoría Presupuestal Programa Presupuestal: 0073 Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo – Trabaja Perú, Producto: 3000194 Empleo Temporal Generado, Actividad: “5006294 Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos y actividades”, Categoría Gasto: 6. Gastos de Capital, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia. Artículo 4.- Seguimiento Disponer que el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” realice la supervisión, seguimiento, control, monitoreo y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. En caso de detectar el incumplimiento de las obligaciones que corresponden al organismo ejecutor, dispondrá las acciones establecidas en el respectivo convenio y en el marco legal vigente. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2402213-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 297-2025-MTC/01 Lima, 21 de mayo de 2025VISTOS: El Memorando N° 1063-2024-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorando N° 0524-2024-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la única Autoridad Aeronáutica Civil, siendo ésta ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomía técnica, administrativa y fi nanciera necesaria para el cumplimiento de sus funciones; Que, la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribe o autoriza la suscripción de acuerdos de cooperación técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo técnico de las Naciones Unidas, a fi n de garantizar y asegurar los medios técnicos, profesionales y administrativos su fi cientes que permitan a la Dirección General de Aeronáutica Civil cumplir adecuadamente con todas las actividades de su competencia; Que, mediante la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año 2016, a celebrar un Acuerdo de Asistencia Técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para que apoye a la Dirección General de Aeronáutica Civil a que cumpla adecuadamente de sus actividades; asimismo, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a transferir fi nancieramente, a favor del mencionado organismo internacional, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del referido Acuerdo de Asistencia Técnica. Dicha transferencia se aprueba mediante resolución del Titular del pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misma que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con fecha 23 de diciembre de 2016, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribe con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, titulado “El fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional” (en adelante, el Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801), mediante el cual las partes acuerdan que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a través del Proyecto PER/17/801, brinda asistencia técnica, acompañamiento, transferencia de conocimientos, fortalecimiento de capacidades, así como servicios de gestión y otros servicios de apoyo que requiera la Dirección General de Aeronáutica Civil, que le permitan cumplir adecuadamente con las actividades de su competencia, con el propósito de fortalecer la actividad aeronáutica civil en el Perú para el desarrollo aeronáutico y mejora continua de la seguridad operacional; Que, el Anexo N° 01 del Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, establece que el mismo tiene un plazo de vigencia de cuatro (4) años y once (11) meses, desde el mes de febrero de 2017 hasta diciembre de 2021, y que el presupuesto del Proyecto PER/17/801 asciende a US$ 51 987 651,00 (Cincuenta y Un Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Uno con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), el cual es asumido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2021, a suscribir una Adenda al Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801, celebrado con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con el fi n de ampliar sus objetivos, el plazo y modi fi car su presupuesto, para continuar con el apoyo a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes