Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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124 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / de actividades de mantenimiento de vías vecinales no pavimentadas de centros poblados, al veri fi carse que la propuesta cuenta con sustento técnico y presupuestario emitido por el órgano competente”. En este sentido, de acuerdo con la evaluación presupuestal realizado en merito a los numerales 11.1, 11.2 y 11.3 del artículo 11 (Medidas en gastos de inversión) de la Ley Nº 32513 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el cuadro de modi fi cación presupuestal en materia de inversiones cumple con la normativa en mención; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional. Por otro lado, el artículo 39º de la norma legal invocada, concordante con el artículo 159º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (…) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias; y por las demás normas aplicables; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; el Consejo Regional por el voto mayoritario de sus miembros, aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONALArtículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ayacucho para la transferencia fi nanciera a favor de las Municipalidades Provinciales, para fi nanciar actividades de mantenimiento de las vías vecinales no pavimentadas de los Centros Poblados a nivel de la Región Ayacucho, por S/. 2,981,000.00 (Dos millones novecientos ochenta y un mil y 00/100 soles), conforme al detalle siguiente: UBIGEO ENTIDADNº DE CENTROS POBLADOSPRODUCTO/ PROYECTOCONCEPTOMONTO A HABILITAR FTE FTO RUBRO 50101MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA38 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS418,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50201MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO29 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS319,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50301MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCA SANCOS3 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS33,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50401MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANTA86 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS946,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50501MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA MAR - SAN MIGUEL57 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS627,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50601MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS - PUQUIO17 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS187,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50701MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PARINACOCHAS- CORACORA2 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS22,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50801MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAUCAR DEL SARA SARA - PAUSA3 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS33,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 50901MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SUCRE- QUEROBAMBA6 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS66,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 51001MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VÍCTOR FAJARDO - HUANCAPI14 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS154,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR 51101MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VILCAS HUAMÁN16 3999999MANTENIMIENTO DE LAS VIAS VECINALES NO PAVIMENTADAS EN LOS CENTROS POBLADOS176,000.005. RECURSOS DETERMINADOS15. FONCOR TOTAL 271 2,981,000.00 Artículo Segundo.- PRECISAR que la transferencia fi nanciera autorizada deberá destinarse única y exclusivamente al cumplimiento de los fi nes para los cuales fue aprobada, bajo responsabilidad de los funcionarios y servidores competentes de conformidad con la normativa vigente.