Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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141 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre prórroga del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para año 2027; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades - que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas que tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200°, numeral 4) de la Carta Magna; Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, la Ordenanza Municipal N° 2799-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 31 de diciembre de 2025 en el diario o fi cial “El Peruano”, aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanza Tributaria en el ámbito de la Provincia de Lima; y sobre la vigencia del acuerdo de concejo rati fi catorio dispone que los acuerdos de concejo rati fi catorios de las ordenanzas que aprueban las tasas de estacionamiento vehicular en zonas urbanas y de emisión mecanizada de valores tienen una vigencia máxima de tres (3) años, en la medida que se mantengan los aspectos esenciales del tributo, en cuyo caso la municipalidad, a través de su gerencia municipal, comunica al SAT la decisión de prorrogar la vigencia de la ordenanza rati fi cada por contar con acuerdo de concejo ratifi catorio vigente; disponiendo como plazo máximo para remitir dicha comunicación al SAT el último día hábil del mes de diciembre del año anterior a su aplicación; Que, mediante Informe N° 2471-2026-SGRFTOC- GAT/MDSJM, la Subgerencia de Registro, Fiscalización Tributaria y Orientación al Contribuyente adjunta el proyecto de ordenanza prorrogando para el Ejercicio Fiscal 2027 la vigencia del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2026 establecido en la Ordenanza N° 573/MDSJM, rati fi cada con Acuerdo de Concejo N° 511-2025-MML, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2025; lo que cuenta con la validación de la Gerencia de Administración Tributaria (Memorándum N° 577-2026-GAT/MDSJM), así como la opinión favorable de la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe Nº 2695-2026-OPPI-OGPP/MDSJM), O fi cina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe Nº 161-2026-OPMyCT-OGPP/MDSJM), O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 787-2026-OGPP/MDSJM), O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 335-2026-OGAJ/MDSJM) y la conformidad de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 1129-2026-GM/MDSJM); De conformidad con los artículos 9°, numerales 8) y 9); y 40° de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, con el Voto MAYORITARIO de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Juan de Mira fl ores ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2027, EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, LA VIGENCIA DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2026 EST ABLECIDO EN LA ORDENANZA N° 573/MDSJM. Artículo 1°.- PRORROGAR para el Ejercicio Fiscal 2027, en el distrito de San Juan de Mira fl ores, la vigencia del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2026 establecido en la Ordenanza N° 573/MDSJM, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo N° 511-2025- MML, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2025; exigible a los contribuyentes, que asciende a S/ 2.10 por un predio y S/ 0.80 por cada predio adicional. Artículo 2°.- LA PRESENTE ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2027, previa publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Fiscalización Tributaria y Orientación al Contribuyente y a la Ofi cina de Tecnología de la Informacion, su publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores: www.munisanjuandemira fl ores.gob.pe Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal comunicar al Servicio de Administración Tributaria – SAT - de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la decisión de aplicar el Acuerdo de Concejo Nº 511-2025-MML ratifi catoria de la Ordenanza Nº 573/MDSJM. } Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2545283-1 Ordenanza que establece beneficios tributarios como resultado de los procedimientos de fiscalización tributaria en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 600/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 18 de agosto de 2026 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre aprobación de ordenanza que establece bene fi cios tributarios como resultado de los procedimientos de fi scalización tributaria en el distrito de San Juan de Mira fl ores; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades - que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y