Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (20/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 132

132 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / 06.1.3 Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo 06.1.4 Dirección Regional de la Producción06.1.5 Dirección Regional de Energía y Minas 06.1.5.1 Subdirección de Electricidad e Hidrocarburos 06.1.5.2 Subdirección de Minería y Asuntos Ambientales 06.1.6 Subgerencia Regional de Políticas Económicas e Inversiones” “Artículo 90. Gerencia Regional de Desarrollo Social Es el órgano de línea dependiente de la Gerencia General Regional, le corresponde ejercer las funciones especí fi cas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, pequeña y microempresa, saneamiento, población, desarrollo social e igualdad de oportunidades, en el marco de la Ley.” “Artículo 91. Funciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social Ejerce las siguientes funciones: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar en coordinación con la Dirección Regional de Educación, las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región. b) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar en coordinación con la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, con la política general del gobierno y los planes sectoriales. c) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar en coordinación con la Dirección Regional de Salud, las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. d) Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, evaluar y controlar los programas en materia de población a nivel regional, en concordancia con la política y plan nacional de población, en coordinación con los Gobiernos Locales. e) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales. f) Formular, aprobar y evaluar en coordinación con la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. g) Expedir resoluciones en las materias de su competencia; así como emitir actos de administración que corresponda. h) Ejercer la autoridad competente en segunda instancia administrativa para resolver el recurso administrativo de apelación contra los actos administrativos emitidos por las unidades orgánicas de línea bajo su dependencia. i) Programar y registrar las actividades operativas, metas físicas y fi nancieras en el plan operativo anual y multianual, los bienes y servicios en el cuadro de necesidades anual y multianual de su ámbito de responsabilidad, mediante el aplicativo informático web que corresponde; así como, monitorear, evaluar e informar su ejecución y resultados, en coordinación con la Subgerencia de Plani fi cación y Estadística y la Subgerencia de Abastecimiento. j) Otras funciones asignadas por el superior jerárquico, en el marco de la ley.” Artículo Segundo.- Incorporación de los artículos 89-A y 89-B en el texto reordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2026-GRU-CR. Incorporar los artículos 89-A y 89-B en el texto reordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2026-GRU-CR, en los términos siguientes: “06.1.6 SUBGERENCIA REGIONAL DE POLÍTICAS ECONÓMICAS E INVERSIONES Artículo 89-A. Subgerencia Regional de Políticas Económicas e Inversiones Es la unidad orgánica de línea dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, responsable de desarrollar acciones de articulación estratégica, seguimiento, proyectos, evaluación, monitoreo y análisis técnico de políticas, planes, programas e intervenciones vinculadas al desarrollo económico regional en las materias de competencia de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y en coordinación con las Direcciones Regionales dependientes de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico.” “Artículo 89-B. Funciones de la Subgerencia Regional de Políticas Económicas e Inversiones Ejerce las siguientes funciones: a) Proponer, formular y aplicar lineamientos, estrategias y mecanismos de articulación que fortalece a las políticas, planes y programas vinculadas al desarrollo económico regional. b) Realizar el seguimiento y monitoreo de las intervenciones, programas, proyectos e inversiones vinculadas al desarrollo económico regional e informar los resultados a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. c) Consolidar, sistematizar y analizar la información técnica y económica que están relacionada con competitividad, productividad, inversión y desarrollo económico regional. d) Coordinar y ejecutar acciones y actividades técnico-productivas con las Direcciones Regionales de Agricultura, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo y de la Producción, e informar los resultados a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. e) Promover mecanismos de articulación orientados al fortalecimiento de corredores económicos, cadenas productivas y competitividad existentes en el desarrollo económico regional. f) Diseñar, orientar, difundir, impulsar y ejecutar la adopción de las tecnologías e innovación en las cadenas de valor priorizadas promoviendo la I+D+I+E. g) Participar en la coordinación interinstitucional relacionado con iniciativas de desarrollo económico y promoción de inversiones, realizado por la Subgerencia Regional de Promoción de Inversiones y de la Competitividad. h) Promover mecanismos que articulen en la identi fi cación de oportunidades de inversión pública y privada vinculadas en el desarrollo económico regional. i) Elaborar reportes técnicos, estudios socio- económicos, líneas de base y propuestas orientadas a fortalecer las políticas e intervenciones económicas regionales. j) Formular, evaluar y ejecutar proyectos de inversión en las materias de competencia de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y en coordinación con las Direcciones Regionales de Agricultura, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, y de la Producción, conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones-INVIERTE.PE. k) Promover espacios de coordinación técnica vinculados al desarrollo económico regional con las Direcciones Regionales de Agricultura, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, y de la Producción, así como con entidades a fi nes. l) Coordinar, elaborar, promover y ejecutar el plan de trabajo de la Agencia Regional de Desarrollo de Ucayali (ARD) como articuladora de iniciativas multisectoriales y multiactor del desarrollo de cadenas productivas sostenibles y territorios innovadores, en el marco de la Estrategia de Desarrollo e Innovación (EDIR) o el que haga sus veces. m) Otras funciones asignadas por el superior jerárquico, en el marco de la ley.”