Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (20/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, dicha autonomía se encuentra reconocida en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el inciso 3) del numeral 1) del artículo IV del Título preliminar de la Ley N° 27444, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que las autoridades deben dirigir e impulsar de o fi cio el procedimiento y ordenar la realización o practica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 007-2026- MDB, publicado en el Diario O fi cial el Peruano el 31 de mayo de 2026, se modi fi có el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 005-2026-MDB, únicamente en el extremo referido a la fecha, agenda y periodo de inscripción de la Segunda Audiencia Pública de rendición de cuentas 2026 de la Municipalidad Distrital de Barranco; Que, mediante Informe N° 0177-2026-OGPM-MDB, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, sustenta la necesidad de modi fi car el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 007-2026-MDB, únicamente en el extremo referido al lugar de la realización de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 de la Municipalidad Distrital de Barranco, precisando que esta se llevará a cabo en el Auditorio UTEC, ubicado en Jr. Medrano Silva N° 165- Barranco, manteniéndose vigentes los demás extremos del citado Decreto de Alcaldía; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con Informe N° 0353-2026-OGAJ-MDB, mani fi esta que resulta legalmente viable la emisión de un Decreto de Alcaldía que modi fi que el lugar del evento de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026, suscrito en el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 007-2026-MDB; Que, contando con la opinión técnica y legal, la Gerencia Municipal con Memorándum N° 1293-2026-MDB, remite los actuados para la prosecución del trámite correspondiente; De acuerdo a lo expuesto y de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 007-2026-MDB, únicamente en el extremo referido al lugar del evento de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 de la Municipalidad Distrital de Barranco, conforme al siguiente detalle: SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO EVENTO Modalidad Presencial Fecha Martes 01 de Setiembre 2026 Lugar del EventoAuditorio UTEC, Ubicado en Jr. Medrano Silva 165 - Barranco. Hora de inicio del evento 18:00 horasHora de ingreso y registro de asistenciaDe 17:00 horas a 18:00 horas Agenda:Exposición de los logros, avances y dificultades de la gestión municipal, enmarcados en los temas a tratar señalados en el artículo 12° numeral 12.2 de la ORDENANZA N° 647-2024-MDB, que aprueba el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Barranco. A partir del lunes 03 de agosto de 2026 hasta el lunes 24 de agosto de 2026, los/as ciudadanos/as podrán formular propuestas de temáticas, a través del Formulario de Inscripción de Participantes. INSCRIPCIÓN Modalidad Presencial Horario de atención y lugarDe 08:00 am a 5:00 pm en la Oficina de la Gerencia de Desarrollo Social PlazoInicio de Inscripciones a partir del 03 de agosto hasta el 24 de agosto de 2026 Artículo Segundo.- RATIFICAR la vigencia del Decreto de Alcaldía N° 007-2026-MDB, en todos sus demás extremos, manteniéndose subsistentes las disposiciones que no hayan sido modi fi cados por el presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER que el presente decreto de alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a las demás unidades orgánicas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Gobierno Digital y Gestión de Datos la publicación del presente decreto de alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco: https://www.gob.pe/munibarranco. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa ANDRÉS AUGUSTO PALOMINO MÁRQUEZ Jefe de la O fi cina General de Secretaría del Concejo Municipal 2544681-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan para el Ejercicio Fiscal 2027, en el distrito de San Juan de Miraflores, la vigencia del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2026, e stablecido en la Ordenanza N° 573/MDSJM ORDENANZA N° 599/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 18 de agosto de 2026