NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (24/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Jueves 24 de setiembre de 2026 El Peruano / Que, en virtud de las modi fi caciones antes señaladas el Texto Integrado aprobado mediante Resolución N.º 000046-2024-DP/SG, ya no guarda coherencia respecto de la estructura, funciones y relaciones de dependencia vigentes del Despacho Presidencial, por lo que corresponde aprobar un nuevo Texto Integrado que consolide y sistematice en un único documento el contenido vigente de las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones; Que, en ese contexto, con los Informes de Vistos la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina General de Asesoría Jurídica emiten opinión favorable para la aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, cuya propuesta consta de dos (02) títulos, sesenta y dos (62) artículos y un (01) anexo, manteniendo la referencia a las disposiciones normativas que constituyen su fuente; Que, en tal sentido, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N.º 122-2026-PCM, resulta necesario aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, que contiene las Secciones Primera y Segunda del citado instrumento de Gestión; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N.º 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N.º 098-2024-PCM; el Decreto Supremo N.º 122-2026-PCM; la Resolución N.º 000073-2026-DP/SGDP; y el Decreto Supremo N.º 131-2026-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Texto Integrado APROBAR el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, el mismo que consta de dos (02) títulos, sesenta y dos (62) artículos y un (01) Anexo, que contiene el Organigrama del Despacho Presidencial, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.º 000046-2024- DP/SG, la cual aprobó el anterior Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial. Artículo 3.- Publicación DISPONER la publicación de la presente Resolución y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en el Portal de Transparencia Estándar y en Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Difusión ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del presente Texto Integrado a todas las unidades de organización del Despacho Presidencial; así como la conducción de las acciones de capacitación y/o asistencia técnica correspondiente para su adecuado cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARISSA CARLA PALOMINO BONILLA Secretaria General Secretaría General del Despacho PresidencialDespacho Presidencial 2557792-1INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Rectifican error material incurrido en la Resolución de Intendencia N° 53-2026-INBP, sobre designación de Asesor I de la Oficina Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 056-2026- INBP San Isidro, 22 de setiembre de 2026 VISTOS:La Resolución de Intendencia N° 053-2026-INBP del 25 de agosto de 2026, publicada en el Diario O fi cial El Peruano en la edición de fecha 26 de agosto de 2026; y el escrito del 10 de setiembre de 2026, presentado por el Francisco Nicanor Farro Fernandez, para la recti fi cación por error material en la Resolución de Intendencia N° 053-2026-INBP, sobre la consignación incorrecta de su apellido paterno y su nombre, y mediante la cual, se le designa en el cargo de con fi anza de Asesor I de la Ofi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, mediante Resolución Suprema N° 084-2024-IN, de fecha 06 de mayo de 2024, se designa al señor Juan Carlos Morales Carpio, en el cargo público de con fi anza de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN, la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, debe supervisar el cumplimiento de las resoluciones en el ámbito administrativo de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, motivo por el cual, advertida la existencia de un error material evidente e incuestionable en diversos considerandos y en la parte resolutiva de la Resolución de Intendencia N° 053-2026-INBP por parte de Francisco Nicanor Farro Fernandez, es procedente proceder con la recti fi cación de errores, que dispone el numeral 201.1 del artículo 201° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, que establece expresamente: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión” ;