Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (24/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 24 de setiembre de 2026 El Peruano / 5.6 concordante con el numeral 9.1 de la Directiva N° 002-2026-ITP/DE. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI Director Ejecutivo (e)Instituto Tecnológico de la Producción 2556959-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan en cargos de confianza de Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Pública de Accionariado Municipal – EPS incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL OTASS SESIÓN ORDINARIA N° 017-2026- CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en Sesión Ordinaria Nº 017-2026-CD de fecha 23 de septiembre de 2026, acordó designar en los cargos de con fi anza de la Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Pública de Accionariado Municipal – EPS incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, en mérito a la naturaleza del cargo de confi anza establecido en el sub numeral 3 del numeral 110.1 del artículo 110 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, delegándoles las funciones, atribuciones y responsabilidades que les corresponden, según el siguiente detalle: ACUERDO NºEPS CARGONOMBRES Y APELLIDOSDNIINICIO DE LABORES 1.2.EPSEL S.A.1GERENTE DE ASESORÍA JURÍDICAVICTOR ANDRE MONTERO BENITES4278161424 DE SEPTIEMBRE DE 2026 2EPSEL S.A.GERENTE DE DESARROLLO Y PRESUPUESTOLUIS EDUARDO PAIS VERA4209757624 DE SEPTIEMBRE DE 2026 3.2.EPSEL S.A.GERENTE DE INGENIERÍA, PROYECTOS Y OBRASJONATAN LINCOL ZEGARRA SUAREZ4679876624 DE SEPTIEMBRE DE 2026 4.3.EPSEL S.A.GERENTE DE OPERACIONESMIGUEL NICOLÁS FANZO NIQUEN1753136224 DE SEPTIEMBRE DE 2026 5EPSEL S.A.SUBGERENTE DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS GENERALESCARLOS ALFREDO YACTAYO ARAMBURÚ3083268324 DE SEPTIEMBRE DE 2026 6.2.EPSEL S.A.SUBGERENTE DE PRODUCCIÓN DE AGUA POTABLEJORGE LUIS FERIA VALDIVIEZO4652907724 DE SEPTIEMBRE DE 2026Lima, 23 de septiembre de 2026 XAVIER ARNULFO ZAGACETA MALDONADO PresidenteConsejo DirectivoOTASS 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque Sociedad Anónima. 2557778-1 PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO Designan procurador público y procurador público adjunto de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN N° D 000606-2026-JUS/PGE-PG San Isidro, 23 de septiembre del 2026 VISTOS:El Ofi cio Nº 001105-2026-CG/DC, emitido por el Contralor General de la República; y, el Informe Nº D000838-2026-JUS/PGE-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1326, modi fi cado por la Ley Nº 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, el numeral 6 del artículo 16 del citado decreto legislativo establece como función del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, dirigir el proceso de selección para la designación de los procuradores públicos, con excepción de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, quienes son elegidos por los titulares de dichas entidades, por un plazo de cinco años; Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1326 señala que las entidades públicas tienen, como órgano de defensa jurídica, una Procuraduría Pública que se constituye en el órgano especializado responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los intereses del Estado y se encuentra vinculada administrativa y funcionalmente a la Procuraduría General del Estado, a excepción de las Procuradurías Públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como las de los organismos constitucionales autónomos, que mantienen autonomía administrativa y funcional para dirigir sus respectivos procesos de selección respecto de la Procuraduría General del Estado; Que, el artículo 32 del mencionado cuerpo normativo dispone que los procuradores públicos son designados mediante resolución del Procurador General del Estado. Por excepción, previa comunicación del titular de la entidad, los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, son designados mediante resolución del Procurador General del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326, los titulares de las entidades públicas tienen la