NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (24/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Jueves 24 de setiembre de 2026 El Peruano / Que, con Memorando N° 0212-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Memorando N° 0063-2026-ITP/SFI e Informe N° 0010-2026-ITP/JMR-SFI; el Memorando N° 0238-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Memorando N° 0070-2026-ITP/SFI e Informe N° 0011-2026-ITP/JMR-SFI; el Memorando N° 0248-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Memorando N° 0075-2026-ITP/SFI e Informe N° 0012-2026-ITP/JMR-SFI; el Memorando N° 0319-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Memorando N° 0087-2026-ITP/SFI e Informe N° 0014-2026-ITP/JMR-SFI; el Memorando N° 0434-2026-ITP/DGIE sustentado en el Informe N° 0026-2026-ITP/SFI; el Memorando N° 0482-2026-ITP/DGIE sustentado en el Informe N° 0034-2026-ITP/SFI, la DGIE emitió pronunciamiento favorable respecto de las siguientes solicitudes efectuadas por diversos CITE, en coordinación con la OA para la asignación de la tarifa, con el fi n de que se incorporen servicios al Anexo N° 03 “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en tarifarios)” (en adelante, Anexo N° 03 vigente); Número de documento de sustentoDirectiva aplicableCITE/UTCantidad de Servicios Informe N° 0099-2026-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-OXAPAMPA sustentado en el Informe N° 0002-2026-ITP/UTAJVersión N° 03 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DEUnidad Técnica Agroindustrial Junín2 Informe Técnico N° 0004- 2026-ITP/CITEPRODUCTIVO-VRAEMVersión N° 03 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DECITEproductivo VRAEM8 Informe N° 0013-2026-ITP/ CITEPRODUCTIVO-VRAEMVersión N° 03 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DEUnidad Técnica Acuícola VRAEM25 Memorando N° 0558- 2026-ITP/CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, sustentado en el Informe N° 0009-2026-ITP/RQT-UTALVersión N° 03 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DEUnidad Técnica Agroindustrial Lambayeque7 Informe N° 0025-2026-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-ICADirectiva N° 002-2026- ITP/DECITEagroindustrial 5 Memorando N° 1328-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE, sustentado en el Informe Técnico N° 0003-2026-ITP/UT-CAJAMARCADirectiva N° 002-2026- ITP/DEUnidad Técnica Cajamarca7 Que, con Memorando N° 000433-2026-ITP/DGIE, la DGIE, determina la procedencia de ampliar la vigencia de dieciocho (18) servicios adicionales aprobados en el Anexo N° 03 vigente de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín hasta el 31 de diciembre de 2026, debido a la solicitud presentada con el Memorando N° 0155-2026-ITP/UT-JUNIN de fecha 30 de julio de 2026 y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.9 de la Directiva N° 002-2026-ITP/DE; Que, con Memorando N° 0475-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Informe N° 0031-2026-ITP/SFI, la DGIE considera el retiro de cuarenta y un (41) servicios adicionales aprobados en el Anexo N° 03 vigente, cuyo plazo de vigencia para ser prestados culminó sin que se presentara solicitud de ampliación de vigencia por parte de los CITE; asimismo, determina la procedencia de mantener y ampliar la vigencia hasta el 30 de octubre de 2026 de siete (7) servicios adicionales de baja complejidad tecnológica aprobados en el Anexo N° 03 vigente del CITEcuero y Calzado Trujillo, CITEpesquero Ilo, CITEproductivo San Martín y CITEtextil Camélidos Cusco, debido a solicitudes presentadas entre el 9 de junio al 13 de junio de 2026 y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.12 de la Versión N° 03 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE;Que, mediante Memorando Múltiple N° 000129- 2026-ITP/OPPM, la OPPM determina la procedencia de ampliar la vigencia de cuarenta y seis (46) servicios adicionales de mediana y alta complejidad tecnológica aprobados en el Anexo N° 03 vigente, de los cuales, estableciendo como plazo de vigencia para su prestación hasta el 30 de octubre de 2026 por parte del CITEagroindustrial, CITEcuero y Calzado Trujillo, CITEpesquero Ilo, CITEproductivo San Martín, CITEtextil Camélidos Cusco y CITEacuícola Puno, en virtud a las solicitudes presentadas entre el 9 de junio al 13 de junio de 2026 y en aplicación del numeral 9.7 de la Versión N° 03 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE; Que, en ese sentido mediante Memorando N° 5852- 2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0108-2026-ITP/OPPM-UFM; el Memorando N° 6055-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0116-2026-ITP/OPPM-UFM y el Memorando N° 6319-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0127-2026-ITP/OPPM-UFM, la OPPM en línea con lo señalado por la DGIE, emitió opinión técnica favorable para incorporar aquellos servicios que los CITE han solicitado y cuentan con pronunciamiento favorable por parte de la DGIE; siendo así, se tendría un total de ciento ochenta y ocho (188) servicios en la Lista de Servicios Adicionales; Que, la OPPM señala que, respecto de los cincuenta y cuatro (54) nuevos servicios adicionales que se incorporan a la Lista de Servicios Adicionales, en virtud a las solicitudes efectuadas por los CITE, estas tendrán una vigencia diferenciada establecida en el referido Anexo N° 03; Que, con el Informe N° 0452-2026-ITP/OAJ de fecha 21 de setiembre de 2026, la OAJ concluye que, habiendo los órganos técnicos emitido pronunciamiento favorable en el marco de sus competencias, resulta viable aprobar la modi fi cación de la Lista de Servicios Adicionales, la cual quedará conformada por ciento ochenta y ocho (188) servicios adicionales y sus respectivas Notas, con la vigencia diferenciada establecida en el referido Anexo N° 03; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catorias; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catorias; y, la Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el contenido del Anexo N° 03 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 047-2021-ITP/DE y modi fi catorias, quedando dicho Anexo conformado por ciento ochenta y ocho (188) servicios adicionales, cuyo detalle obra en el Anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2 .- Disponer que los servicios adicionales contenidos en el Anexo N° 3 modi fi cado por el artículo 1 de la presente Resolución, tienen fecha de vigencia conforme lo señala dicho Anexo. Artículo 3 .- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución, realice las acciones que corresponda en el Sistema de Servicios de Innovación Productiva – SSIPRO, de conformidad con el numeral