Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2000 (09/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de junio de 2000

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Autorizan adquisicion de neumaticos mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1084-2000-MDCH Chorrillos, 19 de MORDAZA del 2000 EL MORDAZA DE CHORRILLOS: Visto el Informe Nº 003-2000-CE-MDCH de fecha 16 de MORDAZA del 2000, del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 003-2000-CE/MDCH, para la Adquisicion de Neumaticos - MORDAZA Convocatoria sobre la Declaratoria Desierta de la MORDAZA Convocatoria de dicho MORDAZA de seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe del visto, el Comite Especial encargado de la Licitacion Publica Nº 003-2000-CE/MDCH, para la Adquisicion de Neumaticos - MORDAZA Convocatoria, comunica la decision de declarar desierta la MORDAZA Convocatoria efectuada por haber quedado valida una sola propuesta despues de la evaluacion Tecnica en concordancia con el Articulo 32º de la Ley Nº 26850, conforme se califica en el Acta respectiva de fecha 10 de MORDAZA del 2000; Que, en tal sentido el Articulo 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en su ultimo parrafo que en un mismo MORDAZA de seleccion sea declarado desierto en dos oportunidades, la entidad convocante podra realizar una adjudicacion observando lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 039-98-PCM y en la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209; Que, el procedimiento de exoneracion de Licitacion Publica al de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia es aplicable de acuerdo a lo previsto en el literal "c" del Articulo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 039-98PCM, en concordante con el literal "f" del Articulo 19º de la Ley, debiendo la Contraloria General de la Republica evaluar las causas que motivan la declaracion de desierto del MORDAZA de seleccion anteriormente mencionado, para la cual la entidad remitira dentro de los diez dias siguientes a la declaracion de desierto, el expediente correspondiente; Que, las exoneraciones de los procesos de seleccion, deben comunicarse bajo responsabilidad a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Ministerio de Economia y Finanzas y Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesario la formalizacion del acto administrativo que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion MORDAZA referido; Estando a lo dispuesto y con la visacion de la Direccion Municipal, y las Oficinas de Administracion, Asesoria Juridica, Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y la Unidad de Abastecimiento; y, De conformidad con lo preceptuado en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion de la Licitacion Publica Nº 003-2000-CE/MDCH, sobre la Adquisicion de Neumaticos, segun los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion para que inicie el Procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para la Adquisicion de

Neumaticos, referido al Articulo Primero de la presente Resolucion, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion la remision del expediente, de la Licitacion Publica Nº 003-2000-CE/MDCH, declarados desiertos a la Contraloria General de la Republica, para la evaluacion respectiva. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion, poner en conocimiento de las Entidades mencionadas en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 6591

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban contratacion del servicio de rehabilitacion de parques, jardines y bermas del distrito, mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 328-2000-MDSM San MORDAZA, 1 de junio de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 009-2000-OA/MDSM de la Oficina de Administracion; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA requiere del Servicio de Rehabilitacion de Parques, Jardines y Bermas del distrito de San MORDAZA que permita contar con mayores areas verdes, a fin de cumplir con el ornato del distrito; Que, para la contratacion del Servicio de Rehabilitacion de Parques, Jardines y Bermas del distrito de San MORDAZA se convoco al Concurso Publico Nº 003-99-CE/ MDSM, el mismo que fue declarado desierto en su Item 04 en acto publico de fecha 20 de diciembre de 1999, por haber quedado valida una sola propuesta, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 32º de la Ley Nº 26850; Que, con fecha 30 de MORDAZA del 2000 se realizo el acto de MORDAZA de propuestas y apertura de propuestas tecnicas del Concurso Publico Nº 003-99-CE/MDSM Item 04 MORDAZA Convocatoria, en donde quedo valida una sola propuesta por lo que tambien fue declarado desierto; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 32º de la Ley Nº 26850; Que, el inciso f) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850) senala que estan exonerados del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones cuyo MORDAZA de seleccion MORDAZA sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Publico Nº 003-99-CE/ MDSM - Item 04 MORDAZA Convocatoria, es procedente autorizar, en via de excepcion, la contratacion del Servicio de Rehabilitacion de Parques, Jardines y Bermas del distrito de San MORDAZA a traves de una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 20º de la Ley Nº 26850; Que, de acuerdo a lo senalado en el inciso c) del Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850) la exoneracion del MORDAZA de

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