Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2003 (03/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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se levante en dicho acto publico y suscribir la misma a efectos de poder presentar una impugnacion en su oportunidad. En este caso, el Notario autenticara una MORDAZA de la propuesta, la cual mantendra en su poder. De encontrarse los documentos presentados conforme a las Bases, el Presidente del Comite procedera a comunicar en voz alta los montos propuestos por concepto de Propuesta Economica. Luego de obtenerse los puntajes de las propuestas economicas presentadas por los postores conforme a los criterios de evaluacion indicados en el Anexo 11, se comunicara el puntaje obtenido por cada postor en la propuesta economica. El Comite determinara el puntaje total obtenido por cada postor y establecera un orden de merito, el que el Presidente del Comite pondra en conocimiento de los presentes en el acto publico, declarando como ganador de la buena pro del Concurso Publico al postor que MORDAZA obtenido el mayor puntaje total en la evaluacion (propuesta tecnica + propuesta economica). En la eventualidad de un empate, se preferira al postor que MORDAZA recibido mayor calificacion en la propuesta tecnica, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo Nº 11 de las Bases. El Notario Publico levantara un acta del acto publico, dejando MORDAZA del puntaje obtenido por cada postor en la propuesta tecnica y economica asi como el puntaje total de cada uno de ellos y el nombre del ganador de la buena pro. Los postores que se encuentren disconformes con el resultado deberan dejar MORDAZA de ello en el acta que se levante en dicho acto publico y suscribir la misma a efectos de poder presentar una impugnacion en su oportunidad. El documento que contenga los puntajes finales de la evaluacion, sera publicado en la vitrina de la Superintendencia ubicada en el local de Av. MORDAZA MORDAZA 185, San Isidro. Asimismo, los postores que hayan sido evaluados podran recabar una MORDAZA simple de dicho documento a partir del dia siguiente de la adjudicacion de la buena pro en Los Laureles 214, MORDAZA piso. El Comite procedera a publicar en el Diario Oficial El Peruano y en otros dos de circulacion nacional, a partir del dia siguiente de consentida la adjudicacion de la buena pro, el resultado del Concurso Publico. XIII. IMPUGNACIONES Las discrepancias relacionadas con los actos administrativos realizados desde la convocatoria al Concurso Publico y hasta la suscripcion del contrato, podran dar lugar a la MORDAZA de recursos de reconsideracion y apelacion, y se regiran por las siguientes disposiciones: Los recursos se presentan hasta las 17:00 horas del dia siguiente de ocurrido el acto que se impugna, adjuntando la documentacion e informacion que la sustente y, previo pago de un monto equivalente al 10% de una UIT. Dicho pago se efectua en la Tesoreria de la Superintendencia de Banca y Seguros situada en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 185, San Isidro. El recurso de reconsideracion se presentara ante el Comite el que lo resolvera mediante Resolucion firmada por el Presidente del Comite. El recurso de apelacion se presentara ante del Comite, correspondiendo a su Presidente elevarlo al Superintendente de Banca y Seguros para su absolucion. Dichos recursos seran en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles contados a partir del dia siguiente de su MORDAZA, siendo dicha resolucion inimpugnable en la via administrativa. La MORDAZA de los indicados recursos no suspendera el Concurso Publico, salvo que, a criterio de la autoridad que deba resolver el recurso, deba suspenderse para evitar un perjuicio de imposible o dificil reparacion. XIV. DEL CONTRATO El contrato se compone de su texto, sus anexos y las bases integradas del Concurso Publico. Los ultimos oficios emitidos tienen primacia sobre las Bases originales del Concurso Publico y sobre los oficios anteriores. El postor ganador de la buena pro debera suscribir el contrato dentro de los siete (7) dias siguientes al acto de adjudicacion de la buena pro, previa entrega de una garantia de fiel cumplimiento.

El contrato empezara a regir desde la fecha de su suscripcion y culminara luego de 18 meses de dicha fecha. Las partes podran convenir en prorrogar la vigencia de dicho contrato por periodos de seis meses, previa autorizacion de la Superintendencia en cada oportunidad. Garantia de Fiel Cumplimiento El ganador de la buena pro, debera entregar una garantia de fiel cumplimiento del contrato como condicion para poder suscribir el mismo, la que debera ser irrevocable, incondicionada, sin beneficio de excusion y de ejecucion inmediata, por la suma de S/. 300 000.00 Trescientos mil y 00/100 Nuevos Soles), tal y como figura en el modelo contenido en el Anexo Nº 12 de las Bases del Concurso Publico. Dicha garantia consistira en una carta fianza. La garantia de fiel cumplimiento debera estar vigente hasta (30) dias calendario despues de vencido el plazo del contrato, de acuerdo a la clausula sexta del contrato. En caso de prorroga del contrato, la garantia debera ser renovada en las mismas condiciones, MORDAZA de su vencimiento, y debera tener vigencia hasta treinta (30) dias calendario despues de vencido el plazo de la prorroga. Si el ganador de la buena pro no cumpliera con entregar la garantia de fiel cumplimiento o no suscribiera el contrato en la fecha senalada en las Bases, la SUPERINTENDENCIA llamara al postor que ocupo el MORDAZA puesto en la calificacion y le otorgara la buena pro, el que tendra un plazo de siete dias habiles desde el dia siguiente de su adjudicacion para entregar la garantia de fiel cumplimiento y suscribir el contrato. En la eventualidad que este tampoco cumpliera en los plazos indicados, el Concurso Publico se declarara desierto. El incumplimiento en entregar la garantia de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las Bases o la no suscripcion del contrato, confiere a la SUPERINTENDENCIA la facultad de ejecutar la garantia de seriedad de oferta. XV. LA RETRIBUCION La empresa percibira la retribucion detallada en su propuesta economica y recogida en el contrato (Anexo Nº 9), como contraprestacion por sus servicios. Los costos de personal, gastos administrativos y gastos operativos que MORDAZA necesarios para desarrollar la administracion del fideicomiso a que se refiere el presente Concurso Publico, seran por cuenta de la empresa ganadora de la buena pro en su calidad de fiduciaria. XVI. SANCIONES Y PENALIDADES En caso que por cualquier causa no atribuible a la SUPERINTENDENCIA, el ganador de la buena pro incumpla con entregar la garantia de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las bases o con suscribir el contrato en el plazo senalado en las mismas, esta Institucion se encontrara facultada a ejecutar la garantia de seriedad de oferta por concepto de penalidad. Adicionalmente, si el postor retira su propuesta MORDAZA de la adjudicacion de la buena pro o, si habiendo obtenido el primer o MORDAZA lugar en la calificacion retira su propuesta, la SUPERINTENDENCIA podra ejecutar la garantia de seriedad de oferta por concepto de penalidad. Asimismo, dicho incumplimiento conllevara la inhabilitacion automatica de la empresa postora para participar en posteriores concursos que convoque la SUPERINTENDENCIA, durante cinco anos. MORDAZA partes convienen en senalar que se encuentran comprendidas dentro de los bienes que se transfieren en fideicomiso, la cartera que fuera recibida por la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE - en merito al contrato que celebrara con el BANCO EN LIQUIDACION con fecha 24 de noviembre del 2000 y que se detalla en el Anexo Nº 1 de este contrato. Las partes convienen en senalar que la incorporacion de dicha cartera se encuentra condicionada al resultado de los procesos judiciales y arbitrales existentes sobre la misma, por lo que la recuperacion que se obtenga por dicha cartera sera registrada y mantenida en cuenta separada hasta el resultado de los procesos judiciales iniciados.

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